REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

Correspondió a este Juzgado Superior, previa distribución, el conocimiento del recurso de apelación interpuesto por la abogada Gisela Sifontes de Ramírez, actuando con el carácter de coapoderada judicial de los ciudadanos Carlos Manuel Quintero y Gladys Quintero de Jiménez, parte demandada, contra la decisión de fecha 18 de febrero de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Ahora bien, de la revisión de las actas procesales se aprecia lo siguiente:
- El recurso de apelación fue interpuesto por la mencionada coapoderada judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 26 de febrero de 2015. (Folio 19)
- Por auto de fecha 19 de marzo de 2015, el Juzgado de la causa acordó oír la apelación en un solo efecto y remitir las copias certificadas conducentes al Juzgado Superior distribuidor. (Folio 22)
- Mediante diligencia de fecha 25 de mayo de 2015, la abogada Gisela Sifontes de Ramírez, titular de la cédula de identidad N° V-3.621.596, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 6.129, actuando con el carácter antes indicado, desistió de la referida apelación (Folio 26).
Así las cosas, considera esta alzada que habiendo desistido la representación judicial de la parte demandada del recurso de apelación interpuesto en fecha 26 de febrero de 2015, resulta inoficioso y contrario a la garantía jurisdiccional de la tutela judicial efectiva, consagrada en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dejar transcurrir lapso procesal alguno.
En consecuencia, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa el referido desistimiento efectuado por la abogada Gisela Sifontes de Ramírez, actuando con el carácter de coapoderada judicial de los ciudadanos Carlos Manuel Quintero y Gladys Quintero de Jiménez, en fecha 25 de mayo de 2015, del recurso de apelación interpuesto contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 18 de febrero de 2015 y acuerda darle a dicho acto de desistimiento el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, por aplicación analógica de los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, condena en costas a la parte demandada apelante, a tenor de lo dispuesto en el artículo 281 eiusdem.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Remítase el expediente en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada por la Secretaria, en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil quince. Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.

La Juez Titular,


Aura María Ochoa Arellano
La Secretaria,


Abg. Fanny Ramírez Sánchez

En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión previas las formalidades de Ley, siendo las once y veinte minutos de la mañana (11:20 a.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Exp. N° 6828