TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, veinticuatro (24) de marzo del año dos mil quince (2015).
204º y 156º
Por recibido Oficio S/N constante de un (1) folio útil, junto con anexos constantes de tres (3) folios útiles, procedente del Ministerio Público Fiscalía Décima Cuarta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; donde se encuentra original del acta de la fijación de la Obligación de Manutención de fecha 03 de marzo de 2015, suscrita por los ciudadanos: MARÍA EUGENIA ACEVEDO DE BUSTAMANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.958.355, domiciliada en el Porvenir Vía Rubio, Kilómetro 7, Parte Alta, Calle Principal, en la Bodega de la Sra. Eva, Parroquia Manuel Felipe Rúgeles, Municipio Capacho Viejo, Estado Táchira, teléfono 0276-7961178 y JOSÉ HILDEMAR BUSTAMANTE TROCONIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.958.452, domiciliado en Berlín Vía Rubio, Parte Alta, Sector D, Casa Nº D-07, Parroquia Manuel Felipe Rúgeles, Municipio Capacho Viejo, Estado Táchira, teléfono 0416-0472247. En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho, el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ante este Despacho, a favor del niño …, fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y sígase el curso de Ley correspondiente. Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a los ciudadanos MARÍA EUGENIA ACEVEDO DE BUSTAMANTE y JOSÉ HILDEMAR BUSTAMANTE TROCONIS, del presente auto. Igualmente notifíquese al Fiscal XIV del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES.
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº ¬¬¬¬¬¬2710/2015, se libró boletas de notificación y se notificó al Fiscal XIV del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se publicó siendo las 2:00 p.m., del día veinticuatro (24) del mes de marzo del año dos mil quince (2015), quedando registrada bajo el Nº 72.
Abg. Maurima Molina Colmenares / Secretaria
BYVM/sr.
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