REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Tribunal de Control, Audiencia y Medidas de Violencia contra la Mujer del estado Táchira

San Cristóbal, 11 de marzo de 2015
AÑOS: 204º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2014-004519
ASUNTO : SP21-S-2014-004519

EXAMEN Y REVISION DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

JUEZA: ABG. PEGGY M. PACHECO DE ARAQUE
FISCALIA: DECIMA OCTAVA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO TACHIRA
ABG. ERIKA JURADO
DELITOS: ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZAS
IMPUTADO: FLOREZ ALVAREZ GABRIEL
DEFENSORA: ABG. ROSA AMELIA TRIANA LIZARAZO
DEFENSORA PRIVADA
SECRETARIA: ABG. ERIKA YANGUATIN OSORIO


OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Procede el Tribunal a resolver sobre la solicitud formulada por la Defensa del imputado FLOREZ ALVAREZ GABRIEL, abogada Rosa Amelia Triana Lizarazo, Defensora Privada mediante la cual solicita al Tribunal a revisar la Medida respecto de la obligación de presentarse una vez cada quince (15) días por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial de Violencia Contra la Mujer, impuesta en fecha 02 de diciembre de 2014.





RELACIÓN DE LOS HECHOS

Riela al folio dos (2) de autos Acta Policial, de fecha 01-12-2014 levantada por Funcionarios adscritos a la Policía del Estado Táchira, Estación Policial Pregonero, , en la cual se dejó constancia de lo siguiente: “Siendo la 1:00 hora de la tarde del 1 de diciembre de 2014 se hizo presente en la Estación Policial una ciudadana quien se identificó como LUZ DARY HOYOS CAMACHO, se encontraba llorando y nerviosa quien les informó que su ex pareja quien lleva por nombre GABRIEL FLORES ALVAREZ, la había amenazado de muerte el día 30 de noviembre de 2014 y ella tiene una medida de protección contra este ciudadano, que desde que se dejaron, la insulta, tratándola con malas palabras, acosándola, hostigándola, la vigilaba, le llegaba a su residencia y el día 30-11-2014 a eso de las nueve de la noche y luego a las doce de la noche llegó de nuevo y por ello fue y se quedó donde su cuñada. Al momento salieron los Funcionarios Policiales hacia el Sector de El Valle Plateado, al llegar a ese Sector cerca de la escuela encontraron al ciudadano quien se desplazaba caminando y a quien le informaron que los debía acompañar hasta la Estación Policial Pregonero, ya que tenía una denuncia en su contra por acoso, amenaza y hostigamiento, quien quedó identificado como GABRIEL FLOREZ ALVAREZ C.I.V.- 23.163.499, quien quedó detenido.-

Riela al folio tres (3) de autos Denuncia, de fecha 01-12-2014 interpuesta por LUZ DARY HOYOS CAMACHO por ante Funcionarios adscritos ante la Policía del Estado Táchira, quien manifestó lo siguiente: “Yo vengo a denunciar a mi ex pareja GABRIEL FLORES ALVAREZ quien el día de ayer a eso de las 9:00 horas de la noche llegó a la casa donde vivo con mis hijas, empezó a gritar que yo tenía amantes y trajo una señora que es mi vecina de nombre ESTER GUTIERREZ, y quien me gritaba que yo estaba saliendo con el marido de ella, que saliera de mi casa me gritaban los dos, agarraron a punta pie la puerta de mi casa y mis hijos gritaban que por favor dejaran de golpear la puerta y que se fueran, después de eso como a la media noche empezó a golpear la pared por detrás de la casa , hizo un hueco y se metió y se llevó el televisor, se llevó mi ropa, una máquina de hacer ejercicios, papeles, y no sé que más se llevó porque no pude revisar todo lo que destrozó, salimos corriendo con mis cuatro hijos y nos persiguió, nos metimos donde mi cuñada la hermana de él, Alba Marina Flores, y llegó y me dañó mi camioneta, me cortó todos los cables del carro y no prende, esta mañana me madrugué a pedir cola para bajar al comando de policía a formular la denuncia, al momento la policía se trasladó en la Unidad radio patrullera, y la bajaron para el Comando.-


DE LA REVISIÓN SOLICITADA

De manera que, visto el escrito presentado por la Defensora Privada Abogada Rosa Amelia Triana Lizarazo, adminiculado a lo establecido en los artículos 84 y 94 numeral 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a Una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, que permite la revisión de las medidas impuestas y la aplicación de una medida menos gravosa, este Tribunal considera procedente MODIFICAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, otorgada en fecha 02 de diciembre de 2014, por estimar que con una medida menos gravosa, se garantizaría la continuación del proceso y el sometimiento del imputado a los actos de administración de justicia, en consecuencia se amplía el plazo de presentaciones ante este Tribunal a través de la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, a cada cuarenta y cinco (45) días, conservándose el resto de las condiciones impuestas. Y así se decide.

Por las razones anteriormente esgrimidas. En consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: ÚNICO. Revisa la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada en fecha 02 de diciembre de 2014, a favor de GABRIEL FLORES ALVAREZ, de nacionalidad Venezolana ADQUIRIDA, titular de la cédula de identidad N° V- 23.163.499, de 48 años de edad, fecha de nacimiento 24-09-1966, profesión AGRICULTOR, residenciado en VALLE PLATEADO, distrito Uribante, planes del hato, finca la palma, Estado Táchira, TELF: 0426-4276490 (HERMANO), quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZAS previsto y sancionado en el artículo 40 Y 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana LUZ DARI HOYOS CAMACHO, y en consecuencia AMPLÍA EL LAPSO DE PRESENTACIONES CADA CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, de conformidad a los artículos 84 y 94 numeral 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a Una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que se declara CON LUGAR, lo solicitado por la defensa, abogada Rosa Amelia Triana Lizarazo. Regístrese. Déjese copia para el archivador del Tribunal. Notifíquese a las partes. CUMPLASE.-


ABG. PEGGY MARIA PACHECO DE ARAQUE
JUEZA PRIMERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS














ABG. ERIKA YANGUATIN OSORIO
SECRETARIA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

SRIA
CAUSA PENAL Nº SP21-S-2014-004519.-