REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
204° Y 156°
En fecha 05/10/2014, este tribunal dio entrada al presente Recurso Contencioso Tributario, constante de (87) folios útiles, interpuesto por la contribuyente “CARMON TIENDA´S N° 2 C.A.”.
Se ordeno las Notificaciones a: Folios:
Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela; 95
Fiscal 13 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas 93
División Jurídico Tributaria 91
Siendo la oportunidad para decidir el Recurso Contencioso Tributario, esta juzgadora observa que el mismo se encuentra incurso en la causal de inadmisibilidad establecida en el Artículo 273 numeral 1 del Código Orgánico Tributario puesto que:
Tempestividad: 5 días hábiles (Art. 174 COT) + 25 días de despacho (Art. 268 COT) Fecha de notificación de la Resolución: 12/09/2014
Fecha de Interposición del recurso: 03/11/2014, a esta fecha habían transcurridos (32) días, teniendo como fecha perentoria para interponer el recurso el 30/10/2014.


Por lo tanto, viendo que QUEDO DEMOSTRADO QUE NO FUE INTERPUESTO EL RECURSO DENTRO DEL LAPSO ESTABLECIDO POR EL CODIGO ORGANICO TRIBUTARIO, es por lo que, debe declararse inadmisible el recurso tal como lo indica expresamente la dispositiva de la presente decisión, y así se decide.
ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA INADMISIBLE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, conforme a lo establece el Artículo 273 numeral 1 del Código Orgánico Tributario:

INTERPUESTO POR: “CARMON TIENDA´S N° 2 C.A.” inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 13, tomo 25-A RM I, de fecha 19/10/2010.
EN CONTRA DE: La Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/DSA/2014/01722/064, de fecha 05/09/2014, emanada por la Jefe División Sumario Administrativo Región los Andes del SENIAT.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los (03) días del mes de Marzo del año dos mil quince (2015). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Año 204 de la Independencia y 156º de la Federación.

ANA BEATRIZ CALDERÓN SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR
WENDY MONCADA
LA SECRETARIA
De conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República, se ordena notificar al Procurador General de la Republica. Se Libro Oficio 202-15.

Exp. 3057
ABCS/YJMZ