PUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
204° Y 156°
En fecha 22/10/2014, este tribunal dio entrada al Recurso Jerárquico Subsidiario Contencioso Tributario Interpuesto en el SENIAT, constante de (157) folios útiles, por la recurrente “SUPERMERCADO GARZÓN, C.A.”.
Se ordeno las Notificaciones a: Folios:
Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela; 166
Fiscal 13 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas 164

División Jurídico Tributaria Gerencia de Tributos Internos de la Región Los Andes del SENIAT. 160
Recurrente 162
Siendo la oportunidad para decidir el Recurso Contencioso Tributario, esta juzgadora observa que el mismo no se encuentra incurso en las causales de inadmisibilidad que establece el Artículo 273 del Código Orgánico Tributario puesto que:
Tempestividad:25 días Fecha de notificación de la Resolución: 16/05/2011
Fecha de Interposición del recurso: 31/05/2011
Se observa cualidad Ciudadanos JOSE GREGORIO HERNANDEZ CONTRERAS, abogado, inscrito en el IPSA bajo el N° 26.131 y JORGE LUIS ALVIAREZ MANRIQUE, Licenciado, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.686.035 y V-3.996.174, en su orden respectivamente, actuando en su carácter de apoderados de la CONTRIBUYENTE.
Por lo tanto, que posee la cualidad para recurrir y por cuanto no existe prohibición legal de admitir el recurso; su conocimiento no compete a otro tribunal; no se han acumulado recursos que contengan conceptos ofensivos o irrespetuosos, por tal razón debe admitirse el recurso tal como lo indica expresamente la dispositiva de la presente decisión, y así se decide.
II
ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO:

INTERPUESTO POR: “SUPERMERCADO GARZÓN, C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 70, tomo 11-A, de fecha 05/11/2002.
EN CONTRA DE: La Resolución N° SNAT-GGSJ-GR-DRAAT-2014-0684, de fecha 30/09/2014, emanada por el Gerente de Recursos del SENIAT.
En cuanto a la suspensión de los efectos del acto se resolverá por separado.
En virtud de que no hubo oposición al día siguiente a partir de la publicación de esta sentencia se abre el lapso de promoción de pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 275 del De Ley Del Código Orgánico Tributario De 2014. Cúmplase.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los (03) días del mes de Marzo del año dos mil quince (2015). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Año 204 de la Independencia y 156º de la Federación.

ANA BEATRIZ CALDERÓN SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR
WENDY MONCADA
LA SECRETARIA
De conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República se ordena notificar al Procurador General de la Republica. Se Libro Oficio 197-15.

Exp. 3053/ABCS/YJMZ