REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA.
En horas de Despacho del día de hoy diecisiete (17) de Junio de 2015, presentes en este Tribunal, los ciudadanos CARMEN ALICIA RINCON, titular de la cédula de identidad Nº 25.141.092, y JOSE JAVIER SUAREZ CASTAÑEDA, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 13.302.826, a los fines de efectuar acto conciliatorio por obligación de manutención. La Juez Provisoria declara abierto el acto. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JOSE JAVIER SUAREZ CASTAÑEDA, quien manifestó:” Hago un ofrecimiento como aumento de la manutención a Cuatro Mil (4.000,oo Bs.) bolívares mensuales, como cuota extraordinaria para los meses de Septiembre y Diciembre la cantidad de Ocho Mil (8.000,oo Bs.) bolívares, aparte del aporte mensual, el dinero se lo entregara el obligado a la solicitante y esta firmara un recibo por duplicado. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: CARMEN ALICIA RINCON, quien manifestó: “Estoy de acuerdo con el ofrecimiento hecho por el padre de mi hijo”. Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser cubiertos en un 50% por cada uno de los progenitores En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, este TRIBUNAL PRIMERO ORDINARIO DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETEA DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de julio de 2015. Es todo, se leyó y conformes firman.
ABG. ANA RAMONA ACUÑA
JUEZA PROVISORIA
CARMEN ALICIA RINCON ________________________________
JOSE JAVIER SUAREZ CASTAÑEDA __________________________
ABG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ
SECRETARIO TITULAR