TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 19 de junio de 2015.
205º y 156°
Por recibido caso Nº 20-F13-0025-2015, constante de seis (6) folios útiles, procedente de la Fiscalía 13 para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira; inventaríese, désele entrada y curso de Ley correspondiente; por cuanto se observa que no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a disposición expresa de la Ley, se ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada a favor de los hermanos ... En tal virtud, visto el ACUERDO CONCILIATORIO realizado en el acta de fecha 10 de junio de 2015, entre los ciudadanos: ROMARLYN YUREIBIZ PACHECO PEDRAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.880.329 y domiciliada en el Valle, Sector El Bolón, Calle 4, casa 1-70, Municipio Capacho Nuevo, y CARLOS ANDRES TOBON MUÑETON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.090.516 y domiciliado en el Valle, Sector El Bolón, parte alta, carrera 2, casa 3-35, Municipio Capacho Nuevo; por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal 13 del Ministerio Público con competencia para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Líbrense boletas de notificación a las partes. Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº ____________-2015, se notificó al Fiscal 13 del Ministerio Público competente, se libraron boletas de notificación a las partes. Quedó registrada la anterior decisión bajo el N° ______, siendo la (s) ___________.
Exp. Nº -2015
BYVM/Mcmc
Va sin enmienda.
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