TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 20 de julio de 2015.

205° y 156°

Vista la diligencia de fecha 15 de julio de 2015, suscrita por los ciudadanos RUBEN ARONY VALERO GONZÁLEZ Y DORIS ELIZABETH MARTINEZ GRATERÓN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.630.588 y 11.493.412, asistidos por la Abogada AURORA ROMERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 32.979, parte demandada; por una parte y por la otra el abogado OMAR LABRADOR CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° V.-10.145.028, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.674, apoderado judicial de la ciudadana ANA GRACIELA GÓMEZ SÁEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-1.538.081, parte demandante; mediante el cual terminan el presente proceso a través de una TRANSACCIÓN, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Hágase entrega a los ciudadanos RUBEN ARONY VALERO GONZÁLEZ Y DORIS ELIZABETH MARTINEZ GRATERÓN, ya identificados, de las letras de cambio, las cuales se encuentran depositadas en la caja fuerte del Tribunal y que corresponden a los instrumentos cambiarios objeto de la presente acción. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) _________, quedó registrada bajo el N° ________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Abg. Maurima Molina /Secretaria.


Exp. Nº 2703-2015
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Sin enmienda