TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 10 de julio de 2015

Vista la diligencia de fecha 03 de julio de 2015, suscrita por la abogada en ejercicio ASTRID ESPERANZA DUARTE DE PIÑEIRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 142.551, por medio de la cual informa que el cheque N° 91952545, de la entidad bancaria Mercantil, librado a favor de su representado por concepto del pago de la deuda que dio origen a la presente demanda, fue cobrado efectivamente por el demandante, cumpliendo así con el pago de la obligación por él asumida, no teniendo las partes nada que reclamarse en la presente causa; en consecuencia, este órgano jurisdiccional da por concluido el presente juicio en virtud del cumplimiento voluntario efectuado.

Así mismo, se acuerda levantar la medida de embargo preventivo, decretada en fecha 10 de noviembre de 2014.

Por cuanto no hay más actuaciones pendientes en el presente expediente se acuerda archivar el mismo.



ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA JUEZA TITULAR


ABG. NORMA MAGALLY ONTIVEROS CHACON
LA SECRETARIA TEMPORAL

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto.



Secretaria Temporal
Exp. N° 044-14
RMCQ/Magally o.-