JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, nueve (09) de julio de dos mil quince.-

AÑOS: 205° y 156°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de DOS (02) folios útiles VEINTINUEVE (29) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por la ciudadana LIXAMA ANDREINA CASANOVA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.608.731, quien actúa asistida por el Abogado en ejercicio PILAR ANTONIO RINCON SANCHEZ, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.120; en el cual expone: que el día 27 de enero de 2015, falleció el ciudadano LUIS HOMERO CASANOVA SANCHEZ, quien en vida fuese venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.123.640, quien estuvo domiciliado en la Aldea El Carmen, K 4, N° 102, vía San Félix del estado Táchira; quien tuvo su deceso en la Clínica Trinidad de esta Jurisdicción, a causa de “…INSUFICIENCIA CARDIACA CARDIOPATIA- HIPERTENSIÓN ARTERIAL…”, según Certificado de Defunción N° 036, de fecha 27/01/2015, expedido por el Doctor CARLOS MORENO, titular de la cédula de identidad N° V-8.104.092; tal y como se desprende de Acta de Defunción N° 035, levantada el 28 de enero de 2015, por ante el Registro Civil del Municipio Ayacucho del estado Táchira, habiendo presentado la solicitantes los siguientes recaudos:
Copia certificada de Acta de Defunción N° 035 del año 2015, perteneciente a “LUIS HOMERO CASANOVA SANCHEZ”, expedida el 06 del mes de julio de 2015, por el Registro Civil del Municipio Ayacucho del estado Táchira.
Copia fotostática de Acta de Matrimonio N° 224 del año 1982, perteneciente a los ciudadanos: “LUIS HOMERO CASANOVA SANCHEZ y TERESA CONTRERAS TORRES”, expedida el 27 de febrero de 2015, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital.
Copia mecanografiada de Tarjeta Alfabética, perteneciente a “TERESA CONTRERAS DE CASANOVA”, expedida el 21 de febrero de 2011, por el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, SAIME; Oficina San Juan de Colon, estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 918 del año 1975, perteneciente a “JHONNY EDUARDO”, expedida el 02 de febrero de 2015, por el Registro Civil del Municipio Ayacucho del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 104 del año 1977, perteneciente a “DEXCY ANEGDA”, expedida el 02 de febrero de 2015, por el Registro Civil del Municipio Ayacucho del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 49 del año 1983, perteneciente a “EDIS YADELSI”, expedida el 06 de febrero de 2015, por el Registro Civil del Municipio Ayacucho del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 79 del año 1988, perteneciente a “JOSE LUIS”, expedida el 06 de febrero de 2015, por el Registro Civil del Municipio Ayacucho del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 43 del año 1993, perteneciente a “LIXAMA ANDREINA”, expedida el 06 de febrero de 2015, por el Registro Civil del Municipio Ayacucho del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nros. V-5.123.640, V-13.688.164, V-9.349.657, V-13.977.737, V-15.640.814, V-18.161.751, V-20.608.731, perteneciente a la ciudadana: LUIS HOMERO CASANOVA SANCHEZ, TERESA CONTRERAS DE CASANOVA, JHONNY EDUARDO CASANOVA CONTRERAS, DEXCY ANEGDA CASANOVA CONTRERAS, EDIS YADELSI CASANOVA CONTRERAS, JOSE LUIS CASANOVA CONTRERAS, LIXAMA ANDREINA CASANOVA CONTRERAS, en su orden.-
Justificativo de Testigos N° 9280, evacuado el tres (03) de julio de 2.015, por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: MARIA ROMELIA BONILLA VASQUEZ y ANA SIXTA BONILLA VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad Nros. V-22.645.624 y V-22.645.589; quienes fueron contestes al declarar que les consta que el causante LUIS HOMERO CASANOVA SANCHEZ dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a su Cónyuge e Hijos, que a continuación se especifica.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: TERESA CONTRERAS DE CASANOVA, JHONNY EDUARDO CASANOVA CONTRERAS, DEXCY ANEGDA CASANOVA CONTRERAS, EDIS YADELSI CASANOVA CONTRERAS, JOSE LUIS CASANOVA CONTRERAS, LIXAMA ANDREINA CASANOVA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, V-13.688.164, V-9.349.657, V-13.977.737, V-15.640.814, V-18.161.751, V-20.608.731; en su condición de Cónyuge la primera y de Hijos los restantes del causante LUIS HOMERO CASANOVA SANCHEZ, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.




Abg. Ana Lola Sierra
Juez TemporaL






Abg. Anamilena Rosales Zambrano
Secretaria Accidental
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 4839, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Secretaria Accidental