REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, veintitrés de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: SP01-L-2014-000236
INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: JIMMY GOMEZ NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V- 15.988.155.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ANTONIO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula N° V.- 3.644.167, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 37.719.
PARTE DEMANDADA: LESBIA HERMELINA MALUENCA DE NAVA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada para impulsar el proceso en la presente causa se realizó en fecha 22 de julio de 2014, con diligencia presentada por el Alguacil del tribunal consignando los Carteles librados a la parte demandada, informando de su imposibilidad de cumplir con la notificación ordenada, sin que hasta los momentos la parte demandante haya realizado actuación alguna para impulsar la notificación de la parte demandada.
Este Despacho, con vista a lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 22 de julio de 2014, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el presente proceso.
La Juez

Abg. Ana Mercedes Mora Rivas La Secretaria