JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, nueve (09) de febrero de dos mil quince.-
AÑOS: 204° y 155°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UN (01) folio útil VEINTIOCHO (28) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por la ciudadana LISBETH TERESA ALCALDE DE TROCONIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.205.406, quien actúa en nombre de sus propios derechos y en representación de sus hermanos, ciudadanos: DILIA MARIANELLA ALCALDE AVENDAÑO y REINALDO ANTONIO ALCALDE AVENDAÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.649.034 y V-5.670.954, en su orden, según se desprende de Poder Especial que le fuere otorgado en fecha 16 de enero de 2014, por ante la Notaría Pública Primera del Municipio San Cristóbal del estado Táchira; quien a su vez se encuentra asistida por el Abogado en ejercicio JOSE ALBERTO ALCALDE SUAREZ, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.703, en el cual expone: que el día 16 de diciembre de 2012, falleció la ciudadana CARMEN TERESA DE JESUS AVENDAÑO DE ALCALDE, quien en vida fuese venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-669.043, quien estuvo domiciliada en la Urbanización Las Lomas, Avenida Mérida, Quinta Tere, Casa N° 0-1, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; quien tuvo su deceso en su casa de habitación ubicada en la Urbanización Las Lomas, Avenida Mérida, Quinta Tere, Casa N° 0-1 de esta Jurisdicción, a causa de “…MUERTE SUBITA, ARRITMIA MALIGNA, DIABETES MELLITUS…”, según Certificado de Defunción N° 2222080 de fecha 16/12/2013, expedido por el Doctor JESUS A. PRATO, titular de la cédula de identidad N° V-17.501.711; tal y como se desprende de Acta de Defunción N° 1256, levantada el 16 de diciembre de 2013, por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, habiendo presentado la solicitante los siguientes anexos:
Copia certificada de Acta de Defunción N° 1256 del año 2013, perteneciente a “CARMEN TERESA DE JESUS AVENDAÑO DE ALCALDE”, expedida el 03 de abril de 2014, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Acta de Matrimonio N° 44 del año 1955, perteneciente a los ciudadanos: “REINALDO JOSE ALCALDE ALVAREZ y CARMEN TERESA AVENDAÑO MONZON”, expedida el 06 de junio de 2014, por el Registro Civil Principal del estado Mérida.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 787 del año 1957, perteneciente a “LIZBETH TERESA”, expedida el 25 de agosto de 2014, por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 1217 del año 1959, perteneciente a “DILIA MARIANELLA”, expedida el 25 de agosto de 2014, por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 1955 del año 1962, perteneciente a “REINALDO ANTONIO”, expedida el 01 de septiembre de 2014, por el Registro Civil Principal del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nos. V-669.043, V-172.561, V-4.205.406, V-5.649.034, V-5.670.954, pertenecientes a los ciudadanos: CARMEN TERESA DE JESUS AVENDAÑO DE ALCALDE, REINALDO JOSE ALCALDE ALVAREZ, LIZBETH TERESA ALCALDE DE TROCONIS, DILIA MARIANELLA ALCALDE AVENDAÑO, REINALDO ANTONIO ALCALDE AVENDAÑO, en su orden.-
Justificativo de Testigos, evacuado el 19 de diciembre de 2.014, por ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: MARIANGEL JOSE NIÑO OLIVEROS y ELDA ROSA RAMIREZ RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad No. V-26.066.962 y V-5.032.872 en su orden; quienes fueron contestes al declarar que les consta que la causante CARMEN TERESA DE JESUS AVENDAÑO DE ALCALDE dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a su Cónyuge e Hijos que a continuación se especifica.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a las ciudadanas: REINALDO JOSE ALCALDE ALVAREZ, LIZBETH TERESA ALCALDE DE TROCONIS, DILIA MARIANELLA ALCALDE AVENDAÑO, REINALDO ANTONIO ALCALDE AVENDAÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, V-172.561, V-4.205.406, V-5.649.034, V-5.670.954; en su condición de Cónyuge el primero y de Hijos los restantes de la causante CARMEN TERESA DE JESUS AVENDAÑO DE ALCALDE, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.
Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 4732, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario
|