TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IDNEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 22 de enero de 2015.
204º y 155º
Visto el contenido del acta de fecha 10 de diciembre de 2014, suscrita por la adolescente …, venezolana, de 17 años de edad y titular de la cédula de identidad N° V-25.713.567, acompañada de su mamá la ciudadana ESMERALDA NIÑO CARDENAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.161.937, en la que señaló: “Informo a la ciudadana Jueza que el padre de mi hijo y yo nos encontramos viviendo juntos otra vez, lo que paso era que habíamos discutido y yo me fui de la casa de su mamá que era donde vivíamos, pero ya nos reconciliamos y él busco una casa donde vivir juntos, por ello solicito que se cierre el presente expediente. Asimismo, quiero que sepa que él no acudió porque no le dieron permiso en el trabajo…”. Conforme a lo anterior se ordenó la notificación del ciudadano ERICK JOSE DURAN PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-20.316.694, a fin de que arguyera lo conducente en relación al alegato expuesto, sin embargo, notificado legalmente (en fecha 16 de enero de 2015), no compareció ante este Tribunal, es por ello que esta administradora de justicia presume que es cierto que los padres de la beneficiaria de autos se reconciliaron, en tal virtud, este Tribunal homologa el presente expediente de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (1999). Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con competencia para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Por cuanto no hay más actuaciones que realizar, archívese el presente expediente.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma se cumplió con lo ordenado, se notificó al Fiscal Especializado del Ministerio Público, quedó registrada bajo el N° _________ y se publicó siendo las __________.
Exp. Nº 2663-2014
BYVM/mcmc
Va sin enmienda
|