TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, dieciséis (16) de enero del año dos mil quince (2015).
204º y 155º
Por recibido el presente expediente administrativo Nº 164/2014, junto con oficio Nº 281/2014, de fecha 17 de diciembre de 2014, constante de un (01) folio útil y anexos en cinco (5) folios útiles, procedente del Consejo de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes del Municipio Capacho Viejo, Estado Táchira. En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho, el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ante este Despacho, a favor de los niños …; fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y sígase el curso de Ley correspondiente. Vista el acta de la fijación de Obligación de Manutención de fecha 11 de noviembre de 2014, suscrita por los ciudadanos: YAMILEY CÁNCHICA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-21.453.309, domiciliada en Palo Gordo, Vía Lejanías, más abajo del Dispensario Vereda Los Capinos, Casa color azul; Libertad, Municipio Capacho Viejo, Estado Táchira, teléfono 0276-5118437; y CRISTIAN MARTÍN QUIROZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-17.932.395, domiciliado en Palo Gordo, Aldea 5 de Julio, Vereda Los Cánchica, Casa S/N, color azul, Libertad, Municipio Capacho Viejo, Estado Táchira. Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a los ciudadanos: YAMILEY CÁNCHICA CONTRERAS y CRISTIAN MARTÍN QUIROZ CONTRERAS, del presente auto. Igualmente notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial y líbrese oficio al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Capacho Viejo, Estado Táchira; participando de la presente homologación. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES.
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 2686/2015, se libró notificación a las partes y al Fiscal del Ministerio Público competente. Se libró oficio Nº 3140-47 al CPNNA. Se publicó siendo las 1:00 p.m., del día dieciséis (16) de enero de dos mil quince (2015), quedando registrada bajo el Nº 08.
Abg. Maurima Molina Colmenares/ Secretaria.
BYVM/sr
Va sin enmienda.
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