TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 19 de enero de 2015.
204° y 155º
Visto el Ofrecimiento de Obligación de Manutención efectuado en el presente expediente signado con el N° 3199-2013 por el ciudadano LEONARDO GREGORIO MARRUGO OSUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.437.268, que corre inserto a los folios 13 y 14, y su aceptación por parte de la ciudadana BRICEIDA GALVIS POVEDA, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.152.757, que corre inserto al folio veinticinco (25), a favor de los niños (Se omiten los nombres por disposición de la Ley), en el presente Expediente signado con el N° 3199-2013 por Aumento de la Obligación de Manutención; y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a la Fiscalía Décima Quinta Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Se acuerda oficiar al Banco Bicentenario, Sucursal San Antonio del Táchira, a los fines de aperturar cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana BRICEIDA GALVIS POVEDA, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.152.757, representante legal de los niños (Se omiten los nombres por disposición de la Ley). Líbrese boleta de notificación y oficio. Cúmplase.
El Juez Titular,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria Temporal,
Abg. Sandra Liseth Quintero Ortiz
En la misma fecha se libró boleta de notificación a la Fiscalía Décima Quinta Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente y se oficio bajo el N° 3130-022.
La Sria. Temp,
Exp. 3199-2013
PAGP/jacs
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