TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Veintinueve (29) de Enero del año dos mil Quince.
204° y 155°
Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, Ciudadanas: SONIA JUDITH CONTRERAS GUERRERO y MIRIAN MARTGARITA LEON ALARCÓN, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 5.684.169, y V- 3.308.933 en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentada por la Ciudadana: NANCY COROMOTO MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.241.626, asistida por la abogada en ejercicio MARITZA ALIVIA JAIMES DE GÓMEZ, inscrita en el Instituto de Prevensión Social del Abogado bajo el Nº 214.930, en el cual expone que el día 22 de Enero 2.013 falleció quien fuera su Conyugue, el Ciudadano: RAIMUNDO ARISTOBULO GASPAR SÁNCHEZ, quien era Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 9.219.612, según certificación expedida por la Dra Haymar Karina Rangel Noguera, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 013, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Pedro Maria Morantes, del Municipio San Cristóbal Estado Táchira. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a la Ciudadana: NANCY COROMOTO MONCADA, plenamente identificada en autos, en el carácter de Conyugue el carácter de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del causante RAIMUNDO ARISTOBULO GASPAR SANCHEZ.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales y expídanse las copias certificadas solicitadas.
Abg. M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ
Abg. SANDRA PATRICIA COTE
SECRETARIA TEMPORAL
En la misma fecha dictó y publicó la anterior decisión siendo las Once de la mañana (11:00 a.m.), quedando registrada bajo el N° 19 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Abg. SANDRA PATRICIA COTE
SECRETARIA TEMPORAL
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