TRIBUNAL DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 15 de diciembre de 2015.
205º y 156º
Presentada personalmente por sus firmantes, la presente solicitud constante de cuarenta y cinco (45) folios útiles y anexos en cuarenta cinco (45) folios útiles, interpuesta por los ciudadanos: CARMEN ELENA CÁRDENAS DE PATIÑO, DUGLAS BERNARDO PATIÑO CÁRDENAS, YONY ALFREDO PATIÑO CARDENAS, JHON WINSTON PATIÑO CÁRDENAS, y DEIVY DANIEL PATIÑO CÁRDENAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.795.788, V.-10.172.219, V.-10.172.220, V.-13.972.613 y V.-17.109.195, respectivamente y domiciliados en el Municipio Capacho Nuevo, estado Táchira, asistidos por la Abogado EVELIN ZULAY CHACÓN DE SAYAGO, titular de la cédula de identidad No. V-7.656.270, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 28.490. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente, para providenciar este Tribunal observa:
El artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, prevé:
“Si se pidiere que tales justificaciones o diligencias se declaren bastantes para asegurar la posesión o algún derecho, mientras no haya oposición, el Juez decretará lo que juzgue conforme a la ley, antes de entregarlas al solicitante, o dentro del tercer día, si esta petición se hubiere hecho posteriormente a la primera diligencia; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros.”.
A los fines de demostrar su condición, los solicitantes presentaron los siguientes medios probatorios:
1) ACTA DE DEFUNCIÓN Nº 505: De la misma se evidencia que el día 12 de marzo de 2015, falleció el ciudadano BERNARDO PATIÑO CÁRDENAS, que tenía cuatro (04) hijos de nombres DUGLAS BERNARDO PATIÑO CÁRDENAS, YONY ALFREDO PATIÑO CARDENAS, JHON WINSTON PATIÑO CÁRDENAS, y DEIVY DANIEL PATIÑO CÁRDENAS.
2) ACTA DE MATRIMONIO No. 49: De la cual se evidencia que la ciudadana CARMEN ELENA CARDENAS CARDOZA, era la cónyuge del causante, ciudadano BERNARDO PATIÑO CÁRDENAS.
3) PARTIDAS DE NACIMIENTO Nros. 228, 235, 205 y 52: correspondientes a los ciudadanos DUGLAS BERNARDO, YONY ALFREDO, JHON WINSTON, y DEIVY DANIEL; hijos del ciudadana BERNARDO PATIÑO CÁRDENAS, las cuales consisten en instrumentos públicos auténticos cuya presunción de certeza no fue desvirtuada, razón por la cual esta administradora de justicia les confiere pleno valor probatorio de acuerdo con lo establecido en los artículos 1357 del Código Civil y 429 del Código de Procedimiento Civil.
4) JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS: Fue presentado por los solicitantes un justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado, y en el cual las ciudadanas ANA BEANEY POVEDA y SIXTA MARIA BONILLA DE DELGADO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.311.008 y V-1.557.955, rindieron sus declaraciones, las cuales se valoran de acuerdo a las reglas de la sana crítica y conforme a lo previsto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. Observa quien juzga que las mencionadas ciudadanas fueron contestes en afirmar que conocen a los solicitantes desde hace años; que conocían al causante BERNARDO PATIÑO CÁRDENAS, desde hace varios años; que el causante falleció el 12 de marzo de 2015; que la ciudadana CARMEN ELENA CÁRDENAS era su esposa y que los ciudadanos DUGLAS BERNARDO PATIÑO CÁRDENAS, YONY ALFREDO PATIÑO CARDENAS, JHON WINSTON PATIÑO CÁRDENAS, y DEIVY DANIEL PATIÑO CÁRDENAS, eran los hijos del causante y son sus únicos herederos.
Adminiculados los medios de prueba anteriores y luego de analizarlos detenidamente, se declaran bastantes y suficientes para determinar que los ciudadanos CARMEN ELENA CÁRDENAS DE PATIÑO, DUGLAS BERNARDO PATIÑO CÁRDENAS, YONY ALFREDO PATIÑO CARDENAS, JHON WINSTON PATIÑO CÁRDENAS, y DEIVY DANIEL PATIÑO CÁRDENAS; son la esposa e hijos y herederos directos del causante BERNARDO PATIÑO CÁRDENAS; en tal virtud, resulta procedente la presente solicitud. Y ASÍ SE DECLARA.
Por los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y actuando como Primera Instancia conforme a la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 368.338, de fecha 02 de abril de 2009, DECLARA a los ciudadanos CARMEN ELENA CÁRDENAS DE PATIÑO, DUGLAS BERNARDO PATIÑO CÁRDENAS, YONY ALFREDO PATIÑO CARDENAS, JHON WINSTON PATIÑO CÁRDENAS, y DEIVY DANIEL PATIÑO CÁRDENAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.795.788, V.-10.172.219, V.-10.172.220, V.-13.972.613 y V.-17.109.195, respectivamente y domiciliados en el Municipio Capacho Nuevo, estado Táchira, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano BERNARDO PATIÑO CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.191.298; DEJÁNDOSE A SALVO EL DERECHO DE TERCEROS QUE ALEGUEN IGUAL O MEJOR DERECHO.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, devuélvase en original con sus resultas a los solicitantes y déjese copia fotostática certificada de dichas actuaciones para el archivo del Tribunal..
La Jueza Temporal,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº ___________-2015, se dictó y publicó la anterior decisión, siendo la (s) ________________, quedó registrada bajo el Nº ________, y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Abg. Maurima Molina / Secretaria
Sol. Nº. ________-2015
BYVM/mcmc
Va sin enmienda.
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