TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. Independencia, 27 de abril de 2015.
205º y 156º

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana VICELERS ALICIA ARELLANO BECERRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-14.707.999 y con domicilio en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira; mediante la cual conviene en la solicitud de Revisión de Obligación de Manutención (Aumento), presentada por el ciudadano ANDRY JOSÉ DEPABLOS AFANADOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.873.155, con domicilio en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Cúmplase.

LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 11:00 a.m., quedó registrada bajo el Nº 99, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró boleta de notificación.

Abg. Maurima Molina / Secretaria

Exp. Nº 2474/2013
BYVM/lcm.
Va sin enmienda.