En el día de hoy, Jueves 09 de abril del 2015, siendo las 02:30p.m., se trasladó y constituyó este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio ASTRID ESPERANZA DUARTE VERGARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 142.551, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante; é indicaron a este Tribunal la siguiente dirección: Colinas de Pirineos, calle 1 con Avenida 7 y 8, casa Nº 248, Parroquia Pedro María Morantes, San Cristóbal, Estado Táchira a fin de dar cumplimiento a la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por este Tribunal en el JUICIO que por COBRO DE BOLÍVARES-INTIMACIÓN sigue el ciudadano JOSE GABRIEL GUTIERREZ SIERRA contra JOSE ANTONIO CORTEZ OJEDA, en el expediente Nº 044-14, que cursa por ante este Despacho. Acompaña al Tribunal los funcionarios policiales YEFERSON ROHAN BUSTAMANTE HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-20.880.917 con placa Nº4954 y JOSE GREGORIO HERNANDEZ RAMON, titular de la cedula de identidad Nº V-20.999.598, con placa Nº 5081, ambos adscritos a la brigada de Orden Público (B.O.P) del Estado Táchira. Se encuentra presente el ciudadano: JOSE ANTONIO CORTEZ OJEDA, titular de la C.I Nº V-5.315.589, demandado en autos, a quien la Jueza notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un plazo de (30) minutos para que se comunique con su apoderado judicial ó abogado de confianza a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el artículo 49 Ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este estado el Tribunal procede a dar cumplimiento a la medida de embargo preventivo decretada por este órgano jurisdiccional y acuerda designar como perito avaluador al ciudadano: JAIME ANTONIO NARANJO, titular de la C.I. N° V-3.996.039 y como depositario judicial al ciudadano: CARLOS ARTURO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad N° V-1.555.677, representante de la depositaria judicial La Seguridad, según consta de documento poder autenticado por ante la Notaria Publica Primera de San Cristóbal, Estado Táchira de fecha 06-03-2007, inserto bajo el N° 61, tomo 52 de los libros de autenticaciones llevadas por esa notaria; quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de Ley ante la Jueza. En este estado solicito el derecho de palabra la abogada ASTRID ESPERANZA DUARTE VEGARA, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante y concedido como le fue expuso: “En virtud del ofrecimiento de pago realizado por el demandando en este acto, habiendo entregado un instrumento bancario tipo cheque Nº 91952545, correspondiente a la Cuenta Personal Corriente del demandado Nº 0105-0063-05-1063307694, del Banco Mercantil, por el monto de CIENTO SETENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON VEINTISIETE CENTIMOS (Bs. 170.758,27), en virtud de lo cual solicito respetuosamente al Tribunal se suspenda la presente ejecución de la medida preventiva hasta tanto se logre la verificación del cobro del instrumento previamente señalado, lo conllevará a una posterior transacción judicial una vez satisfecho el pago de la obligación, es todo”. En este estado el Tribunal, visto lo expuesto por la apoderada judicial de la parte demandante, deja constancia que efectivamente el demandado hizo entrega en este acto del cheque descrito anteriormente a la apoderada judicial de la parte demandante, quien lo recibió conforme, en consecuencia se acuerda suspender la presente ejecución en el día de hoy. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 04:30 p.m. de la tarde y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE,


ABG. ASTRID ESPERANZA DUARTE VERGARA

EL NOTIFICADO


JOSE ANTONIO CORTEZ OJEDA

LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,


YEFERSON ROHAN BUSTAMAMNTE HERNANDEZ


JOSE GREGORIO HERNANDEZ RAMON

EL PERITO AVALUADOR,

JAIME ANTONIO NARANJO

EL DEPOSITARIO JUDICIAL

CARLOS ARTURO SANCHEZ

LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. NORMA MAGALLY ONTIVEROS CHACON







RMCQ/NMOC.
EXP. 044-14