TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintisiete de abril de dos mil quince.
204° y 156°
Recibido por distribución. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho el escrito de PARTICIÓN AMISTOSA, presentado por TULIO ERNESTO CHACON y CRUZ DELINA GARCIA DE CHACON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.072.583 y V-9.212.645, en su orden, asistidos por la abogada IRIS MOROCHA ACEVEDO CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.894; de conformidad con lo solicitado y por encontrarse a derecho, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada, por los ciudadanos TULIO ERNESTO CHACON y CRUZ DELINA GARCIA DE CHACON, anteriormente identificados, otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Queda así partida y liquidada la comunidad conyugal que existió entre los mencionados ciudadanos, bajo la forma, términos y condiciones establecidas entre ellos. Así mismo se acuerda expedir (03) copias certificadas del escrito de partición y de la presente decisión.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Zulimar Hernández Méndez
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 8620 del libro respectivo, registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 97
Marilú