JUZGADO SEGUNDO DE MUNICPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICPIO AYACUCHO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA SAN JUAN DE COLON, DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DE 2014.

204º y 155º


Vista la diligencia de fecha 17 de septiembre de 2014 (F.29), suscrita por la abogada en ejercicio IRMA ROJAS inscrita en el inpreabogado bajo el numero 69.756 quien asiste a la ciudadana YURITH YANETH BRICEÑO BECERRA, titular de la cedula de identidad N° V.- 15.353.284, quien expone que fueron agotadas las gestiones pertinentes para que se le fuera emitida Autorización de construcción de las mejoras, por lo cual no fue posible consignar la misma; Una vez revisadas las actas que conforman la presente solicitud Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarles a la ciudadana: YURITH YANETH BRICEÑO BECERRA venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-15.353.284, asistida por la abogada en ejercicio IRMA ROJAS inscrita en el inpreabogado bajo el numero 69.756, SU DERECHO DE PROPIEDAD sobre unas mejoras que han sido fomentadas a sus únicas expensas, sobre un terreno propiedad supuestamente de la ASOCIACION CIVIL RIOS REINA ubicado en la Aldea la San Juana de la Ciudad de San Juan de Colon, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, cuyas mejoras consisten en: Una casa de habitación de una planta, construida sobre un lote de terreno ubicado en la calle principal con la calle 4 de la Urbanización Ríos Reina de San Juan de Colon, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, con un área de terreno de ochenta y cuatro metros cuadrados con cincuenta centímetros cuadrados (84,50mts2) , cuyos linderos y medidas generales son los siguientes: NORTE: Con Wilmer Alexis Prisco Molina mide diez metros con sesenta centímetros (10,60mts), SUR: Con Gloria Esperanza Acero Vargas mide seis metros (6,00mts), ESTE: Con Gloria Esperanza Aceros Vargas, mide diez metros (10mts) OESTE: con calle principal mide once metros (11,00mts), Construcción que consta de una sola planta, integrada por un (01) porche, sala de estar, sala comedor, cocina, lavandería, tres (03) dormitorios, un (01) baño y una (01) escalera,: Así mismo, está edificada con techo de acerolit, paredes de bloque de concreto frisadas y pintadas con revestimiento de piedra de laja en las paredes exteriores , el piso de cemento pulido y cerámica en paredes de baños, cocina y lavandería, la puerta principal en hierro forjado y las puertas interiores en madera entamboradas, ventanas de romanilla e hiero forjado. Las mejoras descritas tienen un costo estimado de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (400.000,00BS). Según los testigos evacuados, ciudadanos: NATHALEE DEL VALLE PRISCO DE BRICEÑO, MARIA CECILIA ROJAS DE PARRA, Y ANGEL RICARDO ROSALES VILLAMIZAR, declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas a la interesada a los fines legales consiguientes.

JUEZ PROVISORIA

ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON

SECRETARIO

WILLIAN FROILAN ZAMBRANO ZAMBRANO



En la misma fecha quedo inventariada bajo el N° _________y siendo las 2:00 de la tarde se publicó la anterior sentencia.-

SRIO.-
WILLIAM F. ZAMBRANO