TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 29 de septiembre de 2.014.
204° y 155º

Vista el Acta de Conciliación que corre inserta a los folios 25 y 26 del presente Expediente signado con el N° 3031-2012 por Aumento de Obligación de Manutención suscrita por la ciudadana DANIELA DEL CARMEN PIEDRA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-20.474.151, y el ciudadano WILFREDO DANIEL ZAMBRANO PALENCIA, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad No V-21.036.705, a favor de las niñas (Se omiten los nombres por disposición de la Ley), y por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a la Fiscalía Décima Cuarta Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.
El Juez Titular,


Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.

El Secretario Temporal,

Abg. Jackson Ernesto Duarte López




En la misma fecha se notificó a la Fiscalía Décima Cuarta Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial.

El Srio Temp.





Exp. 3031-2012
PAGP/lcc