REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Violencia contra la Mujer. Tribunal de Primera Instancia en función de Control.

San Cristóbal, 19 de septiembre de 2014

204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2014-003547
ASUNTO : SP21-S-2014-003547


REF.- PRUEBA ANTICIPADA

Solicitada la Prueba Anticipada en la causa n° SP21-S-2014-003547 por parte de la Abogada Yancy Sayago Villamizar en su condición de Fiscala Vigésima Octava del Ministerio Público del Estado Táchira a objeto de resolver la situación jurídica del imputado de autos en ocasión a la declaración de la víctima, la ciudadana María de Los Angeles Quintero; este Tribunal para decidir observa:

LOS HECHOS
Al folio dos (2) de autos, consta acta policial de fecha 09-09-2014, levantada por Funcionarios adscritos a la Policía del Estado Táchira, en la cual se deja constancia de lo siguiente: Siendo las 04:10 horas de la tarde del día 09-09-2014 se encontraban Funcionarios Policiales en labores de servicio de vigilancia y patrullaje ólicial, cuando recibieron una llamada telefónica de parte del Supervisor Agregado 1844 Almanzar Cañas José Luis quien les informó que se trasladaran hasta la Estación Policial de La Fría ya que en la misma se encontraba una ciudadana de nombre MARIA DE LOS ANGELES QUINTERO, la misma perteneciente a una Línea de Moto Taxi “Táchira en Potencia” manifestando que había sido víctima de abuso sexual por parte de un ciudadano a quien le había prestado los servicios como moto taxista hacia el Sector de la zona industrial de La Fría, ya que el mismo le había manifestado que residía en ese sector amenazándola con un pico de botella. Se trasladaron al sitio junto con la víctima para tratar de ubicar y capturar al ciudadano al llegar a la fábrica de alimentos ubicada en la vía principal de la zona industrial cuando la ciudadana visualizó e identificó a su presunto agresor a quien intervinieron policialmente quien resultó ser y llamarse VALENTIN RODRIGUEZ GELVEZ C.I.V.- 16.280.422 quien quedó detenido.-

Riela al folio seis (6) de autos, Denuncia N° 013 de fecha 09-09-2014 interpuesta por la ciudadana ANGELES QUINTERO ante Funcionarios de la Policía del Estado Táchira, Centro de Coordinación Policial Norte quien entre otras cosas manifestó lo siguiente: “ Yo trabajo como moto taxista cuando venía de recoger unos exámenes médicos de un laboratorio que está cerca del mercado que está cerca del hospital, un señor delgado, piel blanca, de estatura promedio, de ojos claros, quien para ese momento vestía un pantalón jean color azul y una camisa blanca con rayas horizontales de color azul, quien me hace señas para que me detenga y le haga una carrera, yo lo hago el se me sube a la moto y me pide que lo lleve para el Sector el Socorro específicamente para donde se encuentra el bar Las Pavas, yo lo trasladé, cuando llegamos estaba cerrado entonces el me pide que le haga una carrera hasta la zona industrial ya que allí tenía una parcela donde vivía con su mujer y sus hijos, yo le explico que el monto de la carrera ya sería de 90 bolívares en total, ya que son 40 bolívares de La Fría a las Pavas y 50 bolívares de Las Pavas hasta la zona industrial, comencé a conducir cuando ibamos por el sector la Termoeléctrica el me pide que frene después de la escuela en una bodega donde descendió de la moto entró y salió con una botella de cerveza desechable y un jugo, este último me lo da a mí y me dice que me lo tome, yo lo coloco en mis piernas, el se montó en la moto e insistía en que me tomara el jugo, yo le dije que no podía porque estaba manejando y luego nos caeríamos los dos, cuando estábamos llegando a la zona industrial me pide que me meta por el seguro, yo lo hago luego crucé una cuadra a mano izquierda y luego tres a mano derecha como me lo indicaba el, en la tercera cuadra el me pide que me detenga porque el se va caminando yo lo hago, él se bajó me pagó la carrera, luego me dio un golpe por la cabeza que incluso me quitó el casco y me quita la llave del encendido de la moto, me comenzó a decir que le tocara el pene a lo cual yo le decía que no y le pedía que me entregara la llave de la moto, en ese momento partió la botella y con el pico me amenazaba y me decía que si no le tocaba el pene me iba a degollar y me iba a robar la moto, en eso venían dos motorizados particulares, el se montó en la moto, me da las llaves y me dice que arrancara colocándome el pico de la botella en el cuello agarra las llaves de la moto nuevamente, luego se sacó el pene otra vez y me dice que se lo parara que si yo lo hacía el se masturbaba solo, bajo amenaza me vi obligada a aceptar y comencé a tocarle el pene, yo tenía unos guantes puestos, me pide que se los quite, yo le dije que no me los podía quitar, entonces el me coloca el pico de la botella en el costado izquierdo y me dice si no se los quita la apuñaleo, yo me quité el guante de la mano izquierda y le toqué el pene sin el guante, yo le dije ya se lo paré déjeme ir y el me contestó que no que ahora se lo tenía que mamar, se montó en el manubrio de la moto, sentándose en el y me sujetó del cabello y me empujaba hacía el pene y me decía desgorremelo y me lo mama bien mamado, yo no tuve mas remedio que hacerle el sexo oral, eyaculó dentro de mi boca, yo me limpié el rostro con la manga de mi suéter, el se bajó de la moto, se limpió el pene con una franelilla roja que tenía y me dijo déme un beso yo le dije que no y a la fuerza me agarró y me besó la boca, me dijo a mi no me da asco besarla así, después me entregó la llave de la moto y me dijo que me fuera antes que me apuñalara, que si llegaba a echar paja me iba a matar yo arranqué y me vine hasta el Comando de la Policía a colocar la denuncia, vino una patrulla y me lleva para que pudiera identificar al señor, cuando estábamos en la zona frente a la fábrica de alimentos yo se los señalé a los policías y ellos lo detuvieron y me trajeron al Comando a formular la denuncia. ”.-


DE LA PRUEBA ANTICIPADA

En la referida Prueba, la ciudadana Fiscala del Ministerio Público quien expuso la fundamentación de su solicitud al respecto y a su vez su opinión favorable conjuntamente con el imputado y la defensa a los fines de que se realizara la referida prueba.-

En este estado la jueza le cede el derecho de palabra a la victima la victima MARIA DE LOS ANGELES QUINTERO: “yo fui a buscar una carrera que me llamaron por teléfono para retirar unos exámenes, yo estaba por la salida de la calla 2 el estaba en una esquina y me paro me dijo que lo llevara hacia .el socorro donde quedan las pavas, yo lo lleve hasta aya el sitio estaba cerrado, después me dijo que lo llevara hacia donde el vive depuse me paro en la termoeléctrica y compro una cerveza y un jugo, me dio el jugo que me lo tomara y se monto a la moto le dije que no porque iba manejando y nos caíamos cuando iba por la zona me dijo métase por el seguro yo me meto me dijo cruce a la izquierda yo cruce, después a la derecha cuando íbamos llegando a la esquina me dijo que lo dejara ahí que él se iba caminando me pare ahí para recibir el casco y me apago la moto, me quito las llaves de la moto y partió la botella en el suelo, atrás venia una moto particular y me dijo que arrancara y me fuera el se monto y con el pico de la botella me dijo que le diera la vuelta a la manzana yo la di y comenzó, y me dijo que le hiciera parar el penen que el se masturbaba después solo yo tenia unos guantes puesto me hizo que me los quitara yo le dije ya se lo pare; se monto él en la moto y me hizo que le mamara el huevo, después cuando termino yo escupí y me limpie con la manga del sweater del trabajo y el se limpio con la franelilla y me dijo que le diera un beso y me dijo vallase y agradezca que no le haga nada por que usted es muy bonita yo llegue y llame a mi esposo y me dijo que lo denunciáramos y me preguntaron que si yo lo reconocía le dije que si y fue cuando fuimos y lo reconocí, es todo”
A pregunta de la fiscala del Ministerio Publico:¿Cuándo toma la carrera le pregunta el precio? Si, que cuanto valía la carrera hacia el socorro yo le dije que 40 bs ¿En el trayecto de la calle 2 hasta el socorro ustedes conversaron? no ¿cuando llegan al socorro en que punto se detienen? en las pavas ¿explíqueme que son las pavas? es un lugar donde se prostituyen las mujeres ¿cuando llegan al socorro y donde usted señala que estaba las pavas estaba abierto o cerrado el lugar? cerrado ¿Qué horas eran? como las 2:30 a 3:00 PM de la tarde ¿cuando se da cuenta el señor que le dice? que lo llevara a la casa de el en la zona, que él vivía haya con su mujer y sus hijos ¿en ese momento hablan de otro precio de la carrera? Si, yo le dije cambiaba que salía en 50bs la carera ¿en que momento el señor se coloco el casco? desde el momento en que se monto ¿cuando el le pide la segunda carrera cual es la distancia a dond el compro la cerveza y el jugo? eso queda al lado del matadero la bodega ¿cuando el retorna de la bodega que hace? me da el jugo y se monta a la moto y traía la cerveza en la mano ¿esa cerveza de que material era? de vidrio desechable ¿el que le dice cuando se monta en la moto? que me tomara el jugo le dije que no porque iba manejando ¿usted en algún momento destapo el jugo? no ¿donde quedo el jugo? en la policía ¿en el trayecto de la bodega al lugar donde él dice que se detenga el mantuvo conversación con usted? no ¿cual fue la próxima parada? cuando llegamos al sitio ¿el sitio que él le dice que se detenga es en la misma vía? No es como escondido ¿ que fue lo que él le dijo? que me para en la esquina que él se iba caminando ¿explíqueme que paso allí el me apago la moto y trato de meterme mano yo no me deje y partió la botella ¿con que parte la botella? con el suelo ¿como le quita la llave de la moto? el me las quito cuando me baje ¿y que mas le decía él? que le agarrara el pene ¿en su relato usted señala que venia un motorizado? Si, solo lo vi. yo ¿que le dijo el señor? me amenazo con el pico de botella que le diera vuelta a la manzana y di la vuelta ¿porque sitio paso? por la Pepsi ¿recuerda si la vio alguien en ese trayecto? si una señora, ella me dijo que si me había visto cuando el me llevaba amenazada con el pico de botella ¿recuerda las características de la señora? ni muy alta ni muy baja, de pelo amarillo con una cola ¿específicamente En que lugar conversa con la señora? en la Pepsicola ¿eso viene siendo una empresa? Si, un galpón donde guardan los camiones ¿con quien se encontraba la señora? con un vigilante ¿sabe usted si el vigilante observo también el hecho? el vigilante lo que me dijo mija vallase agradezca a dios no la robaron ¿en el momento en que el señor la tenia en es lugar cual fue la propuesta que él le hizo? que le parara el huevo que el después se masturbaba solo ¿El la amenazo? si con un pico de botella ¿mientras el le hacia eso en que posición estaba? al frente mío después se monto en la moto ¿que hacia él con el pico de la botella? me tenia agarrada de la cabeza y con la otra mano del espejo de la moto no hacia mas nada ¿el ciudadano eyaculo? si en mi boca ¿después que eyacula usted que hizo? escupí y me limpie ¿después que paso? me dijo que le Diera un beso que el no tenia asco ¿que palabras le dijo después que termino el acto sexual? que me fuera que no me había hecho nada porque yo era muy bonita, es todo.
PREGUNTA LA DEFENSA PUBLICA ¿Cuándo el señor la detiene en la termoeléctrica usted refiere que le quito las llaves de la moto eso fue antes o después que pasaran los otros motorizados? antes ¿al momento de que le quita la llave de la moto y usted manifiesta que el partió la botella usted trato de huir? como si el me quito la llave de la moto es una sola calle ¿cuanto tiempo hay en ese trayecto a la termoeléctrica? queda lejos como unos 15 minutos ¿y del lugar que el manifiesta que se quedaba porque se iba ir a pie ese fue ultimo sitio donde usted paro? si ¿el sitio donde se paro habían viviendas? no a lo lejos se miraba una parcelita mas nada ¿aparte del motorizado que paso en ese momento que otras personas pasaron? mas ninguna ¿ese sitio es de libre transito? si ¿ en otra oportunidad había visto al señor? nunca en mi vida ¿del lugar donde compro el jugo al lugar donde paro con usted cuanto tiempo hay? como 10 minutos, ¿ en que momento específicamente el la sometió a usted?, cuando dimos la vuelta que venían los motorizado el me dijo arranque ¿cuando el te da la llaves de la moto y te dice arranque el estaba en el piso? no estaba subido en la moto, Es todo”

RAZONES QUE EL TRIBUNAL ESTIMA PARA REALIZAR LA PRUEBA ANTICIPADA

Pasando a determinar la Juzgadora en este considerando, que en el presente caso se realice la Prueba Anticipada, todo ello tomando en consideración los supuestos en los cuales sustentó la Representación Fiscal su petición.


Ahora bien, la Fiscala del Ministerio Público Abogada YANCY SAYAGO VILLAMIZAR señaló que por cuanto en la presente causa penal, la agraviada manifiesta que fue sometida por el ciudadano imputado entre uno de los delitos a VIOLENCIA SEXUAL, y tratándose de un delito que atenta contra la integridad, indemnidad sexual de la adolescente, tomando en consideración la edad de la misma, es por lo que estima la Fiscala del Ministerio Público, que la declaración de la víctima es necesaria recibirla a la brevedad posible, tomando en miramiento de la fragilidad de sus emociones, un obstáculo difícil de superar, tomando en virtud de los hechos de los cuales fue victima, aunado al peligro que pudiera llegar a materializarse alguna afectación a la integridad física y / o la vida de la misma, haría irreproducible su declaración en etapas posteriores del proceso, lo cual asienta aún mas la posibilidad inminente de no obtener su testimonio.


Es por ello que conforme al contenido del artículo 289 del Código Orgánico Procesal Penal es que solicita la Fiscala se sirva tomar este Juzgado la declaración a la víctima como Prueba Anticipada, tomando en cuenta que la niña debe comparecer a los diferentes actos del proceso y enfrentarse reiteradamente a ver a su agresor y someterse además a constantes interrogatorios que reiteradamente le recuerdan los hechos de que fue objeto, siendo esta una circunstancia difícil de superar que justifica la práctica excepcional de la Prueba Anticipada en tal caso, aunado al hecho de que ello tiene como finalidad garantizar los derechos fundamentales de la adolescente en el presente caso, y a la vez permitir la incorporación de la Prueba de forma válida, legal y lícita a la etapa de Juicio Oral.-

A opinión del Dr. Erick Lorenzo Pérez Sarmiento, “Se denomina prueba anticipada a las diligencias probatorias que se verifican en cualquier etapa antes del Juicio oral, pero que deberán surtir efectos en éste a los efectos de su valoración con vistas a la sentencia definitiva.

La Prueba Anticipada es aquella que debiendo tener lugar normalmente en el juicio oral, se realiza en la fase preparatoria y de ahí su nombre por razones de urgencia y necesidad de aseguramiento de sus resultados, por lo cual debe ser apreciada como si efectivamente se hubiera practicado en el juicio, por lo que constituye uno de los raros casos de infracción de la inmediación de la prueba en el proceso penal acusatorio…”

Es por ello que considera quien aquí juzga que en el presente caso se ordena la práctica de la Prueba Anticipada en un primer orden con el fin de no revictimizar a la presunta víctima quien constituye pieza fundamental para el esclarecimiento de los hechos, para la búsqueda de la verdad, teniendo presente que en la causa en cuestión el presunto delito cometido, como es el de Violencia Sexual es de esos llamados intramuros, y a su vez estando todas las partes de acuerdo con la práctica de la referida prueba, razón por la cual a tenor de lo estipulado en el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 289 del Código Orgánico Procesal Penal se realizó la Prueba Anticipada en cuestión.- Y así se decide.


DISPOSITIVO

De lo antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE: UNICO: SE REALIZÓ LA PRUEBA ANTICIPADA EN EL PRESENTE CASO EN CUESTION A TENOR DE LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 78 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y 289 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL.-
Regístrese, Publíquese, Déjese copia para ser archivada en el copiador de decisiones llevados en el Tribunal a tal efecto.-






ABG. PEGGY PACHECO DE ARAQUE
JUEZA PRIMERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS





Abg. ERIKA YANGUATIN OSORIO
SECRETARIA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Sria.
Causa Nº SP21-S-2014-003547