REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL, 25 de septiembre de 2014.
204º y 155º
Vista la diligencia de fecha 23 de septiembre de 2014 (fl.162-173), suscrita por la ciudadana GLADYS COROMOTO GUTIERREZ LINDARTE, en su carácter de Presidente de la Asociación Civil Familias Sin Vivienda del Estado Táchira, demandada en la presente querella y en la tercería, asistida en este acto por sus coapoderadas abogadas AURORA ROJAS DE CASTRO y ONELLY DEL VALLE CASTRO ROJAS, presentes igualmente los ciudadanos JESUS ALBERTO SIERRA MIRANDA, titular de la cédula de identidad N° V-14.099.300, PEDRO JOEL GONZALEZ CHACON, titular de la cédula de identidad N° V-17.370.304, SONIA COROMOTO CARRILLO, titular de la cédula de identidad N° V-11.111.228, CIRO ALFONSO ROJAS PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.107.372, IVAN DARIO SEPULVEDA BLANCO, titular de la cédula de identidad N° V-13.467.612, MAYERLYNG SOFIA PULIDO DURAN, titular de la cédula de identidad N° V-14.180.777, RENNY ALEXANDER SAYAGO MANSILLA, titular de la cédula de identidad N° V-15.232.182, ALICIA MAYRETH CHACON MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.644.064, MIRIAN SEPULVEDA, titular de la cédula de identidad N° V-23155.357, JOHN FREDY QUINTERO QUINTERO, titular de la cédula de identidad N° V23.130.507, ALCIDES JOSE RODRIGUEZ RONDON, titular de la cédula de identidad N° V-13.251.084, YURLEY ALEJANDRA CUBEROS LARA, titular de la cédula de identidad N° V-28.643.041, YASMIN AMPARO OVALLOS CHINCHILLA, titular de la cédula de identidad N° V-28.643.039, MARIELA CHINCHILLA DE OVALLOS, titular de la cédula de identidad N° V-22.635.929, DORIS PRADA, titular de la cédula de identidad N° V-28.641.520, MARIA ELVIRA ROJAS PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-13.302.501, SANDRO JAVIER CONTRERAS VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-14.606.775, YOLIMAR OVALLOS CHINCHILLA, titular de la cédula de identidad N° V-16.541.539, YANIRE ROJAS DURAN, titular de la cédula de identidad N° V-9.463.916, FRANCIA CAROLINA RINCON DIAZ, titular de la cédula de identidad N° V-19.235.666, MARIA DEL SOCORRO JARAMILLO PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-22.642.727, DANNY MARIBEL CASTILLO DURAN, titular de la cédula de identidad N° V.12.816.899, ERICA DARILEINE REYES, titular de la cédula de identidad N° V-13.972.792, SOVEIDA HERNANDES, titular de la cédula de identidad N° V-9.466.082, NORIS MILDRED REYES PATIÑO, titular de la cédula de identidad N° V-20.150.092, BEATRIZ ADRIANA QUINTERO, titular de la cédula de identidad N° V-18.090.293, JACQUELINE TERESA CASTILLO PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-6.486.367, RAMON ENRIQU LOZADA, titular de la cédula de identidad N° V-3.622.884, CLAUDIA HERMELINDA OCHOA PEÑALOZA, titular de la cédula de identidad N° V-13.351.617, CIRIA KATHERINE CARREÑO ARCINIEGAS, titular de la cédula de identidad N° V-19.135.198 y JOSE RICARDO ROJAS DURAN, titular de la cédula de identidad N° V-11.506.185, asistidos por el abogado JORGE OVIDIO PORRAS LEAL, titular de la cédula de identidad N° V-5.673.683 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.532, quienes actúan con el carácter de Terceros Querellantes y quienes no aparecen en actas pero en este acto actúan como terceros adheridos, asimismo presente el abogado CESAR OMERO SIERRA, titular de la cédula de identidad N° V-5.658.021 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.494, quien actúa con el carácter de co-apoderado del ciudadano ASDRUBAL EMILIO OTIZ ORTEGA, querellante de autos, contentiva de la transacción celebrada entre las partes, este Tribunal por cuanto el representante judicial de la parte demandante se encuentra facultada para Transar, conforme lo establece los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA TRANSACCION en los términos por ellos establecidos y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado este Tribunal con fundamento en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, acuerda expedir dos (02) copias fotostáticas certificadas de la transacción cursante a los folios 162 al 185 con inserción del presente auto, para que sean agregadas una al expediente N° 15017 llevado por este Tribunal, Exp.12823 llevado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial y remítase con Oficio al último juzgado nombrado. Déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal. .- Josué Manuel Contreras Zambrano.- El Juez Titular.- Alicia Coromoto Mora Arellano.- La Secretaria Temporal.- JMCZ/ebs.- Exp. 14344.- .- . - . - . - . - . - . - . - . - . - . - . - . - . - . - - . - . - . - . - . - . - .