REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECTOR
DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
La Fría, 02 de Octubre de 2014
204° y 155°
EXP. Nº 1.866.-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

Parte Demandante: YUSMARY YERALDINE SANCHEZ VELANDRIA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-18.380.076, residenciada en La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira.

Parte Demandada: JONATHAN JAVIER BARON MURILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-17.886.727, domiciliado en, La Fría Municipio García de Hevia del Estado Táchira.-

Motivo de la causa: Obligación de Manutención.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
En fecha 29 de Septiembre de 2014, la ciudadana YUSMATY YERWLDINE SANCHEZ VELANDRIA, con el carácter acreditada en autos, consignó escrito mediante el cual desiste de la presente demanda.
En consecuencia, este Juzgador se Aboca al conocimiento de la presente causa y visto el DESISTIMIENTO realizado por la parte demandante, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena cancelar la cuenta del Banco Bicentenario Agencia la fría Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA para el archivo de este Tribunal.

El Juez Provisorio,

Abg. Ángel Alberto Otero Eslava
La Secretaria,

Abog. Thais K. González S.

AAOE/TKGS/wh.-