REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Fría, 01 de octubre de 2014.-

204° y 155°

Revisado como ha sido el presente expediente y vista la diligencia de fecha 26 de septiembre de 2014, suscrita por la ciudadana MAYERLIN BRAND SUAREZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 28.568.553, mediante la cual manifiesta que se encuentra domiciliada en la población de Ureña, exactamente en la carrera 0, calle 3, Nro. 3-19, Barrio Ajuro, Aguas Calientes, Municipio Ureña del Estado Táchira, en consecuencia, este Juez del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Ureña de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira de conformidad con el artículo 453 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, remítase el expediente con oficio, una vez cumplido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal. Cúmplase.-
El Juez Provisorio,
Abg. Ángel Alberto Otero Eslava.
La Secretaria,
Abg. Thais K. González S.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 02:00pm y se dejó copia para el archivo de este Tribunal.

La Secretaria;
AAOE/TKGS/Roselyn.-