REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
La Grita, 17 de Octubre de 2014.
204° y 155°


Vencido como se encuentra el termino contemplado en el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil, sin que la parte demandante hubiese subsanado los defectos de forma invocados por la parte codemandada y declarados con lugar en sentencia dictada por este Tribunal en fecha 20 de febrero de 2014, es forzoso para este Juzgador declarar la extinción del proceso y el archivo del expediente y Así se Decide.
En consecuencia este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento y ordena el ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Cúmplase.-
EL JUEZ
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ABG. GEORGE LASTRA POZO
EL SECRETARIO
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ABG. JOSE ENRIQUE GANDICA GONZALEZ

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 3:25 minutos de la tarde y se dejó copia para el archivo del Tribunal.-

EL SECRETARIO
EXP. 1655-2012
GALP.-