REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, 15 de Octubre de 2014.-
Visto el Contenido de la diligencia de fecha 10-10-2014, suscrita por el ciudadano ANTONIO RAMON ROJAS ZAMBRANO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-2.755.561, con el carácter de autos, asistido por la abogada en ejercicio ROCIO ANDREINA PERNIA GARCIA, mediante la cual expone: que desiste de la presente demanda y pide además el desglose de tales instrumentos para ser entregados al mismo y se archive el expediente; en consecuencia, este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, hágase el desglosé solicitado y déjese en lugar de los originales copia certificada de los mismos y se ordena el archivo del expediente. Déjese Copia Certificada de la presente decisión para el Archivo del Tribunal.-
EL JUEZ,
______________________
Abg. GEORGE LASTRA POZO
EL SECRETARIO
___________________________
Abg. JOSE ENRIQUE GANDICA G.
En la misma fecha del auto anterior se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO,
_________________________________
EXP.- 2295-2011
GLP/víctor
|