TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. Independencia, veintiuno (21) de octubre del año dos mil catorce (2014).

204º y 155º

Visto el escrito presentado en fecha 16 de octubre de 2014, por los ciudadanos LEYLA MARBELLA BUSTAMANTE DE ÁVILA, EGLY JOSEFINA ÁVILA BUSTAMANTE, ANDREA MARBELLA ÁVILA BUSTAMANTE y CELESTINO JESÚS ÁVILA BUSTAMANTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-5.668.628, V.-13.928.209, V.-17.816.028 y V.-22.520.095, en su orden, viuda la primera y solteros los restantes, domiciliados en el Municipio Capacho Viejo, Estado Táchira; asistidos por la Abogada NEIDA JUDITH PARADA DE HOY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.815.606 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 82.864, parte demandada en la presente causa; mediante el cual CONVIENEN en la demanda y Reconocen el Documento Privado de fecha 04 de agosto de 2014, en todos y cada una de sus partes y corre inserto al folio 4 y vuelto del presente expediente; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se declara legalmente reconocido el documento privado inserto al folio 4 y su vuelto del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el artículo 1.364 del Código Civil Venezolano, por parte de los ciudadanos LEYLA MARBELLA BUSTAMANTE DE ÁVILA, EGLY JOSEFINA ÁVILA BUSTAMANTE, ANDREA MARBELLA ÁVILA BUSTAMANTE y CELESTINO JESÚS ÁVILA BUSTAMANTE. Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ

LA SECRETARIA,


ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 2:00 p.m., quedó registrada bajo el N° 228.


Abg. Maurima Molina Colmenares/ Secretaria

Exp. Nº 2617/2014
BYVM/sr.