REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES.

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.


En horas de despacho del día de hoy mates, veintiocho (28) de Octubre del 2014 siendo las 10.00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar Audiencia Preliminar en la presente causa. A la hora indicada se anuncio el acto a la puerta de este Tribunal, encontrándose presente las siguientes personas: Abogado ALI ANTONIO CAÑIZALES DAVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 3.776.469, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.075, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante. Presente igualmente el abogado LUIS ALBERTO MEDINA GALLANTI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 11.502.614, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.904, actuando con el carácter de apoderado judicial de SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTYAL C.A. se deja expresa constancia que la parte demandada no compareció por si ni por medio de apoderado. Se da inicio al acto previo formalidades de ley. En este estado el abogado LUIS ALBERTO MEDINA GALLANTI, solicita el derecho de palabra y concedida como le fue expuso: En aras de buscar la conciliación en este proceso, mi representada SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A., ofrece a la parte actora un pago único y definitivo por QUINCE MIL BOLIVARES ( Bs. 15.000,00) que cubriría a titulo de transacción todos los conceptos demandados, incluida las costas y costos del proceso; de ser aceptada la propuesta el pago se realizaría ante este despacho el día 07 de Noviembre del 2014, en el entendido que de ser aprobada la oferta no quedaría acción alguna ni pago pendiente en contra de mi representada, en contra del propietario del vehiculo asegurado ni contra la conductora del vehiculo asegurado. Este todo. Seguidamente el abogado ALI ANTOIO CAÑIZALES DAVILA, solicito el derecho de palabra y concedida como le fue expuso: en nombre de mi representada como parte actora en la presente causa acepto y manifiesto la oferta practicada en esta audiencia como pago total por los daños ocasionados al vehículo de mi representada, oferta esta que es aceptable por cuanto la misma es propuesta por el garante SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A., siempre y cuando la misma se realice en la fecha señalada sin tener ninguna otra acción contra los involucrados en el presente juicio. Es todo, se da por terminado el acto siendo las 11.30 de la mañana, Termino, se leyó, y conforme firman.


DR. FELIX ANTONIO MATOS
JUEZ TITULAR



ALI ANTONIO CAÑIZALES DAVILA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE



LUIS ALBERTO MEDINA GALLANTI
APODERADO JUDICIAL DE SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A.



ABOGADO MARIELA CARRERO SILVA
SECRETARIA TEMPORAL