TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veinticuatro de octubre de dos mil catorce.

204º y 155º
En el presente juicio N° 8203, instaurado por el abogado JESUS ALBERTO SOSA PRATO, titular de la cédula de identidad N° V-16.408.726, con el carácter de apoderado judicial de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EL FINANCIAMIENTO A LA MICRO, PEQUEÑO Y MEDIANO EMPRESARIO, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, también conocida como entidad Microfinanciera “FINAMPYME, R. L.”, por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, contra LUZ MARINA RANGEL MENDOZA, con cédula de identidad N° E-81.857.206.
El Tribunal para decidir observa:
En fecha 09 de diciembre de 2013 se admitió la demanda y se le dio el curso de ley correspondiente.
En diligencia de fecha 14 de octubre de 2014, el apoderado demandante, desistió de la demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Por las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al desistimiento realizado por el abogado JESUS ALBERTO SOSA PRATO, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA y se acuerda:
• El desglose del documento fundamental de la demanda.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,


Juan José Molina Camacho
La Secretaria,


Zulimar Hernández Méndez

En la misma fecha se dejó copia bajo el N° 347
Exp. 8203
Marilú