JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diecisiete (17) de octubre de dos mil catorce.
AÑOS: 204° y 155°
Vista la transacción celebrada en fecha dieciséis (16) de octubre del presente año, entre la parte demandante, ciudadano EDDUIN RAUL FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.241.356, asistido por la abogada en ejercicio OMAIRA GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.972, y por la parte demandada ciudadana SANDRA CELINA MORA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.709.583, asistida por la Defensora Pública Auxiliar encargada de la Defensoría en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda del Estado Táchira abogada MICHELLE MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.424.360 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 143.402; observando esta operadora de justicia que dicho acto no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo se acuerda de conformidad, en consecuencia, expídase copia fotostática certificada de lo solicitado. Para la elaboración del trabajo fotostático se autoriza al ciudadano LUIS VEGAS Alguacil de este Juzgado. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal. Cúmplase lo ordenado.
ABG. ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL
ABG. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 4649, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a:m), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
ABG. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO
Expediente N° 13.829-14
Gerardo.
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