REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Violencia contra la Mujer. Tribunal de Primera Instancia en función de Control.
San Cristóbal, 21 de octubre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2014-002756
ASUNTO : SP21-S-2014-002756
REF.- PRUEBA ANTICIPADA
Solicitada la Prueba Anticipada en la causa n° SP21-S-2014-002756 por parte del Abogado Juan Alexis Sánchez en su condición de Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Táchira a objeto de resolver la situación jurídica del imputado de autos en ocasión a la declaración de la víctima, la ciudadana MONICA ANDREA VILLAMIZAR ANGULO; este Tribunal para decidir observa:
LOS HECHOS
En el presente caso la presunta agraviada manifiesta que fue VIOLADA por el ciudadano imputado.-
DE LA PRUEBA ANTICIPADA
En la referida Prueba, el ciudadano Fiscal del Ministerio Público quien expuso la fundamentación de su solicitud al respecto y a su vez su opinión favorable conjuntamente con el imputado y la defensa a los fines de que se realizara la referida prueba.-
En este estado la jueza le cede el derecho de palabra a la victima MONICA ANDREA VILLAMIZAR ANGULO: “ eso fue el día viernes 20-06-14 entre las 10.30 y 11 de la mañana llego un sujeto a la puerta del negocio con la intención de comprar o averiguar precios de ropa , para un regalo que iba hacer yo no le quise abrir la puerta por que me dio nervios, pero el sujeto me insistió que era para un regalo yo le dije que viniera con la muchacha que le iba a regalar el legys y el me dijo que chimbo que le viera la cara de ladrón y no le abriera la puerta yo por pena le abrí pero con temor entonces estando adentro le pedí disculpas que el me tenia que entender por la situación que estamos viviendo en el país le mostré lo legys y me pregunto si tenia sistema de apartado el se metía mucho las manos en el bolsillo, yo le dije que si, tenia sistema de apartado, el me dio su nombre me dijo que se llamaba JEAN CARLOS VILLAMIZAR, luego me pregunto por una blusa que estaba al fondo de la tienda que cual era su precio cuando me encontraba cerca de la puerta del baño al fondo me empujo hacia el baño y cerro la puerta el me dijo que eso me pasaba por desconfiada que yo no podía ser así con la gente, luego me dijo que me quitara el vestido yo le dije que no me hiciera nada que se llevara lo que quisiera pero que no me hiciera nada, insistió que me quitara el vestido y yo me lo quite, luego me dijo que me quitara todo hasta la ropa interior, solamente cargaba la panty, y me dijo que le hiciera sexo oral y luego si me dijo que me apoyara en la poceta y me penetro, mientras lo hacia me pregunto que si el anillo que tenia era de oro, yo le dije que si y me lo pidió le dije que era mi anillo de grado, luego de eso me pidió que me recostara a la pared del baño me volvió a penetrar me tocaba los senos y me tocaba el cuerpo; el me pregunto que si los tenia operados, yo le dije que si, me decía que me moviera y le dijera que lo hacia rico y que lo tenia grande, luego acabo en la poceta, y me amenazo en no decir nada que porque el conocía a todos los policías y PTJ de aquí, me dijo que se iba a llevar mi teléfono celular que ahí tenia todos mis datos, luego salí del baño y se fue pero no vi. Hacia a donde se fue y no lo vi mas, es todo “
A preguntas del Fiscal: ¿describa el local comercial donde usted trabajaba ese día? al entrar hay un mueble de madera grande a mano izquierda, en la mitad de la tienda hay otro mueble mas pequeño, al lado derecho hay como tres repisas flotantes, y dos estantes de madera, al frente de la puerta esta la vitrina, en la pared del fondo hay un espejo y al fondo hay un vestier y el baño, y a mano derecha hay varias flautas y un tubo para los vestidos, y dos maniquíes ¿donde esta ubicado el establecimiento comercial y como se llama? En la calle 16 de la romera con carrera 19 Y 20 y se llama MAVALU STORE, no tenia el letrero en ese entonces, ¿a que horas abrió el establecimiento ese día? a las 09 AM, ¿ Que distancia hay entre la entrada y el baño? como doce o quince pasos ¿ la puerta del baño es visible desde la parte externa del local? Si, se paran a la parte de abajo del local si se ve y desde la vitrina no creo que se vea ¿recuerda como vestía la persona? vestía un pantalón azul oscuro o negro y no estoy segura si era una camisa o chemise vinotinto y cargaba lentes ese día cuando entro ¿ el sujeto que la agredió llego a usar algún objeto o arma para someterla o amenazarla? No, el se metió las manos en el bolsillo pero nunca me saco nada ¿recuerda usted las palabras que le dijo inmediatamente que la empujo dentro del baño? el me dijo que eso me pasaba por desconfiada que no podía ser así con la gente, ¿recuerda el dialecto del sujeto cuando le hablaba? normal el no hablaba melandro ni nada ,¿recuerda usted si percibió en algún olor a licor o alcohol cuando él le hablaba? no ¿ recuerda usted si percibió algún olor de perfume? no, tampoco ¿ podría indicarnos si usted fue despojada de alguna pertenencia? de mi anillo de grado de 18 kilates y mi teléfono Samsung s4 y tenia un forrito fucsia, ¿podría indicarnos el numero telefónico del celular? Si, 0424-7831749, ¿nos puede describir el anillo? tenia una piedra color ámbar tipo joya, por un lado decía 2010 y por el otro U.C.V, por dentro tenia mis iniciales, ¿ en cuanto están valoradas esa partencia? el teléfono cuesta con 40mil Bs., y el anillo como 50mil Bs. ahorita no se cuanto, ¿cuando fue agredida sexualmente fue agredida físicamente? no ¿en algún momento pudo oponer resistencia o la contra ataco? no ¿ese local tenia cámaras de seguridad? para ese entonces no tenia, ¿ tiene conocimiento si adyacente al lugar del trabajo hay cámaras de seguridad? si mas abajito del local hay una casa con cámara pero no se vio nada cuando las vieron, ¿anteriormente a este hecho que usted denuncio había visto al sujeto agresor? no ¿ recuerda usted como se trasladaba? el llego caminando y cuando se fue no supe porque me que en el baño ¿ tiene conocimiento en que sentido o a que sector se dirigió al salir del local? no ¿ puede indicar que vestimenta tenia para el momento de los hechos un vestido largo hasta los tobillo de color rosado ¿dónde se encuentra el vestido yo supongo que en PTJ, ¿alguna persona se percato de los hechos? no ¿al momento de salir usted del local le contó a alguien de lo que le había ocurrido? no pero al salir había gente y no se si la PTJ les pregunto algo ¿ como tuvo conocimiento usted que existían investigaciones de delitos de violencia sexual en barrio obrero? por el periódico ¿le manifestó en algún momento el agresor el nombre de él? cuando le pedí los datos para el apartado me dijo Jean Carlos o Juan Carlos Villamizar ¿el teléfono que le robaron tenia asociadas cuentas de redes sociales? Si, todas ¿cuáles tenia ? Facebook, twitter instagram, correo y una aplicación de foursquard ¿luego que le robaron el teléfono tiene conocimiento si se han agregado otras personas a las cuentas que mantenía en dicho aparato? en el instagram me apareció como si me agregaran o como solicitudes pero cuando las revisaba no las tenia como amigos, ¿en algún momento a tenia recuerdo desagradable con el hecho? Si, claro ¿podría indicarnos cuantas veces? Varias veces ¿a evitado usted estímulos afectivos, por asociarlos con el hecho? no ¿a tenido dificultad para conciliar el sueño? al principio si, ahorita no ¿a tenido dificulta para concentrase cuando se le viene recuerdos del hecho? claro ¿recuerda que el agresor le haya mencionado durante el hecho sexual alguna palabra o nombre que se le hubiese queda gravado a usted? no ¿usted tiene un proyecto de vida? si ¿ cual es su proyecto? mucho quiero; ahorita estoy con mi negocio casarme tener hijos, tener un hogar ¿como a afectado su proyecto de vida? si me a afectado me angustia abrir la puerta del negocio a la gente ¿ tiene alguna figura de apoyo o referencia? Si, mi novio, mis padres y la familia de él ¿cómo a afectado este hecho a su entorno con las personas de apoyo? al contrario ellos me han dado mucho mucho apoyo para que no me afecte ¿tuvo miedo de sufrir un daño físico e incluso la muerte? si ¿ luego del hecho a asistido a terapias psicológicas o psiquiátricas? no ¿ tiene usted novio? si ¿ puede indicar las primeras persona que tuvieron conocimiento del hecho? Mi novio y mi papa, ¿ cuanto tiempo transcurrió entre la ocurrencia del hecho y la salida a la parte externa del local? Como de 20 minutos a 30 minutos ¿podría indicarnos porque no salio de inmediato? Porque me dio miedo si el sujeto me estuviese observando desde afuera para ver como actuaba ¿en algún momento el sujeto le hizo alguna advertencia en ese particular? si me dijo que si decía algo me iba a buscar ¿ el le indico para que la iba a buscarla? no me dijo nada en particular pero seria para hacerme daño ¿a sido amenazad por alguien luego de este hecho? no ¿a atravesado por alguna situación de agresión sexual similar en su vida? no ¿ cual es el recuerdo mas desagradable de es momento cuando estaba en el baño? yo creo que todo fue desagradable, cuando me pidió que le hiciera sexo oral y me penetro ¿ cuando hace referencia que el tenia la mano en el bolsillo que pensaba usted sobre esa circunstancia? que tenia un cuchillo o un arma .Es todo”
PREGUNTA LA DEFENSA: ¿ diga usted después que ocurrió este hecho cuanto tiempo transcurrió para que se diera cuenta por el periódico? como dos meses ¿ a que organismo acudió usted a formular la denuncia? a la PTJ ¿ en alguna oportunidad algún funcionario le mostró una foto del ciudadano? no ¿ con quien fue acompañada usted a la PTJ? con mi novio, mi suegra y mis papas ¿se acuerda al día y hora especifica? si fue el 20-06-2014 al medio día ¿ después del conocimiento por el periódico a cual organismo acudió? A la fiscalía y luego a la policía ¿ a cual policía? no recuerdo mi novio me llevo ¿cuando acudió a la policía algún funcionario le mostró la foto de él? No, es todo”
RAZONES QUE EL TRIBUNAL ESTIMA PARA REALIZAR LA PRUEBA ANTICIPADA
Pasando a determinar la Juzgadora en este considerando, que en el presente caso se realice la Prueba Anticipada, todo ello tomando en consideración los supuestos en los cuales sustentó la Representación Fiscal su petición.
Ahora bien, el Fiscal del Ministerio Público Abogado JUAN ALEXIS SANCHEZ solicitó respetuosamente se acuerde la declaración de la víctima como prueba anticipada, por considerar que se trata de una víctima especialmente vulnerable, siendo ello un obstáculo para recibir su declaración en la etapa de juicio oral. Y tomando en consideración la necesidad de la prueba anticipada con base en la vulnerabilidad de la mujer presuntamente agredida y la dificultad para la reproducción de su declaración en juicio oral es en lo que sustentó la solicitud la Representación Fiscal.-
A opinión del Dr. Erick Lorenzo Pérez Sarmiento, “Se denomina prueba anticipada a las diligencias probatorias que se verifican en cualquier etapa antes del Juicio oral, pero que deberán surtir efectos en éste a los efectos de su valoración con vistas a la sentencia definitiva.
La Prueba Anticipada es aquella que debiendo tener lugar normalmente en el juicio oral, se realiza en la fase preparatoria y de ahí su nombre por razones de urgencia y necesidad de aseguramiento de sus resultados, por lo cual debe ser apreciada como si efectivamente se hubiera practicado en el juicio, por lo que constituye uno de los raros casos de infracción de la inmediación de la prueba en el proceso penal acusatorio…”
Es por ello que considera quien aquí juzga que en el presente caso se ordena la práctica de la Prueba Anticipada en un primer orden con el fin de no revictimizar a la ciudadana MONICA ANDREA VILLAMIZAR ANGULO quien constituye pieza fundamental para el esclarecimiento de los hechos, para la búsqueda de la verdad, teniendo presente que en la causa en cuestión el presunto delito cometido es de esos llamados intramuros, y a su vez estando todas las partes de acuerdo con la práctica de la referida prueba, razón por la cual a tenor de lo estipulado en el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 289 del Código Orgánico Procesal Penal se realizó la Prueba Anticipada en cuestión.- Y así se decide.
DISPOSITIVO
De lo antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE: UNICO: SE REALIZÓ LA PRUEBA ANTICIPADA EN EL PRESENTE CASO EN CUESTION A TENOR DE LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 78 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y 289 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL.-
Regístrese, Publíquese, Déjese copia para ser archivada en el copiador de decisiones llevados en el Tribunal a tal efecto.-
ABG. PEGGY PACHECO DE ARAQUE
JUEZA PRIMERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS
Abg. ERIKA YANGUATIN OSORIO
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Sria.
Causa Nº SP21-S-2014-002756