REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SANTA ANA, (10) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.-
204° Y 155°

PARTE DEMANDANTE: YASMIN CAICEDO JIMENEZ, colombiana, mayor de edad, titular de la cedula de ciudadanía N° E- 37.390.715, domiciliada en el Barrio Buenos Aires, Invasión Los Nazarenos, Casa N° 64, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira

PARTE DEMANDADA: CARLOS ALBERTO GOMEZ BAUTISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.421.506, domiciliado en Invasión de las Mercedes, a 400 mts del Río, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira,

MOTIVO: HOMOLOGACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION (Aumento)
EXPEDIENTE N° 1301

Visto el contenido del acto entre los ciudadanos: YASMIN CAICEDO JIMENEZ, y CARLOS ALBERTO GOMEZ BAUTISTA Acuerdo Conciliatorio por OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, donde exponen que de mutuo acuerdo han convenido en fijar la cuota de Obligación de manutención de su hija GOMEZ CAICEDO de la siguiente manera: PRIMERO: El padre ciudadano CARLOS ALBERTO GOMEZ BAUTISTA se comprometió a suministrar la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) mensuales, los cuales serán depositados quincenalmente; SEGUNDO: En el mes de Septiembre, ambos padres dotaran a su hija de Uniformes y útiles escolares; TERCERO: En el mes de Diciembre, Ambos padres dotaran a su hijo de ropa, zapatos, así como también, le darán cada uno su respectivo regalo; CUARTO: Ambos padres cancelaran el 50% de los gastos médicos, vestido, atención medica y cualquier otro gasto adicional; QUINTO: Ambas partes están de acuerdo en aumentar proporcionalmente en un 20% la cantidad estipulada de obligación alimentaría, al año después de firmada la presente acta y de acuerdo con la capacidad económica del padre y la necesidad del niño y adolescente. SEXTO: Notifíquese al Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público Especializado en la Protección del Niño, Niña y Adolescente. SEPTIMO: En caso de incumplimiento del presente acuerdo por las partes firmantes, acarreará las sanciones establecidas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Visto el contenido del acuerdo entre los ciudadanos YASMIN CAICEDO JIMENEZ, y CARLOS ALBERTO GOMEZ BAUTISTA y por cuanto no es contrario en derecho en consecuencia este JUZGADO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUJDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: El padre ciudadano CARLOS ALBERTO GOMEZ BAUTISTA se comprometió a suministrar la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) mensuales, los cuales serán depositados quincenalmente.
SEGUNDO: En el mes de Septiembre, ambos padres dotaran a su hija de Uniformes y útiles escolares.
TERCERO: En el mes de Diciembre, Ambos padres dotaran a su hija de ropa, zapatos, así como también, le darán cada uno su respectivo regalo.
CUARTO: Ambos padres cancelaran el 50% de los gastos médicos, vestido, atención medica y cualquier otro gasto adicional.
QUINTO: Ambas partes están de acuerdo en aumentar proporcionalmente en un 20% la cantidad estipulada de obligación alimentaría, al año después de firmada la presente acta y de acuerdo con la capacidad económica del padre y la necesidad del niño y adolescente.
SEXTO: Notifíquese al Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público Especializado en la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
SEPTIMO: En caso de incumplimiento del presente acuerdo por las partes firmantes, acarreará las sanciones establecidas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, a los (10) días del mes de Noviembre de dos mil catorce.-

ABG. AIDALIA MARGOT IGLESIAS DELGADO
JUEZA PROVISORIO

ABG. JESUS A. LANDINEZ
SECRETARIO

AMID/ms.