TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, Veinticinco (25) de Noviembre del Dos Mil Catorce.-
204º y 155º
Vista la diligencia de fecha 19 de Noviembre de 2014, suscrita por el ciudadano: Carlos Enrique Méndez Chacón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.129.979, con el carácter acreditado en autos, donde expone: “…estando en la oportunidad para la evacuación de pruebas, convengo en todos y cada una de las partes en lo solicitado por la demandante ciudadana: María Johana Sánchez Sánchez, en lo que concierne a la Fijación de Obligación de Manutención, quien solicitó la cantidad de Tres mil Quinientos Bolívares (Bs. 3.500,00), mensuales y en los meses de Septiembre y Diciembre el doble de la suma acordada para un total de Siete Mil Bolívares (Bs. 7.000,00); de esta forma dejo expresa constancia mi voluntad y mi responsabilidad como padre. Es todo, no dijo más…” Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA; Decreta la Homologación por cuanto no existe controversia alguna y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio a la oficina del Banco Bicentenario, Banco Universal con el fin de que sea aperturada la cuenta de Ahorros a nombre de la demandante. Se imprimen dos ejemplares de esta decisión del mismo tenor y a un solo efecto para el copiador de sentencias del Tribunal.
El Juez,




Abg. José Agustín Pérez Villamizar
El Secretario Temporal,

Abg. Luis Daniel Peña Rondón

De conformidad con lo ordenado en el auto anterior, se libro oficio Nº 1279-269, al banco
Bicentenario Banco Universal.

El Secretario Temporal,
Abg. Luis D. Peña R.


EXP. N° 0079-2014
JAPV/nd.-