TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, SEBORUCO, ANTONIO ROMULO COSTA, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, Veinte (20) de Noviembre de Dos Mil Catorce.
204° y 155°
EXP. Nº 0053-2014

Identificación de las Partes
Parte Demandante: Iris Johana García Mora, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.927.318, domiciliada en la Urbanización Arenales, Aldea Santa Filomena, Municipio Seboruco del estado Táchira y civilmente hábil.

Parte Demandada: William Olinto Varela Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.760.897, domiciliado en la Urbanización Santa Eduviges, parte baja, Aldea Santa Filomena del Municipio Seboruco del estado Táchira.

Motivo de la causa: Instituciones Familiares (Fijación de Obligación de Manutención)

Sentencia. Interlocutoria con Fuerza de Definitiva

De la Demanda

En fecha 20 de Noviembre del 2014, compareció espontáneamente por ante este Juzgado la ciudadana Iris Johana García Mora, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.927.318, quien suscribe una diligencia en el cual expresa lo siguiente: “Desisto de la acción y del procedimiento por cuanto en los actuales momentos decidimos como padres del niño cuya manutención se demandó, volver a vivir juntos y esta cubriendo todos sus gastos y cumpliendo con su obligación, por lo tanto ruego sirva archivar el expediente y dejar sin efecto la citación librada”.
En consecuencia, visto el DESISTIMIENTO expresado por la parte demandante, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Imprímanse dos ejemplares del mismo tenor a un solo efecto de la presente Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva para el archivo de este Tribunal. Así se decide.-
El Juez,


Abg. José Agustín Pérez Villamizar.
El Secretario Temporal,

Abg. Luis Daniel Peña Rondón
JAPV/rc.