TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, Diecisiete (17) Noviembre del Dos Mil Catorce.-
204º y 155º
Visto el acto conciliatorio celebrado en esta misma fecha, por los ciudadanos: Douglas Alexis Morales y Karin del Valle Varela Duque, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.121.956 y V-14.282.934, respectivamente, domiciliado el primero en el Sector Santa Clara, El Cerro, diagonal a la Plaza Santo Domingo, Municipio Seboruco del Estado Táchira, y la Segunda en El Barrio Santa Rosa, Vereda el Amparo, Casa Nº 0-15, La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira y hábiles, quienes en presencia del ciudadano Juez, la demandada en uso del derecho expreso sus argumentos: “…señor Juez estoy de acuerdo con la cantidad ofrecida por el padre de mis hijos puesto que lo esta haciendo de forma voluntaria y va en beneficio de ellos, por lo que la Manutención será acordada por la cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs. 4.000,00) mensuales, los cuales serán depositados los cinco primeros días de cada mes en una cuenta de ahorros que se ordene abrir para tal fin por el Tribunal a nombre de la madre del niño y la niña, y en los meses de Septiembre y Diciembre la cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs. 4.000,00) adicionales a la mensualidad para un total de OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 8.000,00) en los referidos meses, como gastos escolares y decembrinos. El ciudadano: Douglas Alexis Morales, expreso su conformidad a lo expuesto por la madre de sus hijos, no dijo más...” Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Decreta la Homologación del convenimiento efectuado por las partes y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio al Banco Bicentenario Banco Universal para la apertura de la cuenta. Se imprimen dos ejemplares de esta decisión del mismo tenor y a un solo efecto para el copiador de sentencias del Tribunal.
El Juez,



Abg. José Agustín Pérez Villamizar
El Secretario Temporal,

Abg. Luis Daniel Peña Rondón.


EXP. N° 0067-2014
JAPV/nd.-