JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, once (11) de noviembre de dos mil catorce.

AÑOS: 204° y 155°

Vista la transacción celebrada en el día de hoy, entre la parte demandante, ciudadano ALEXIS JAVIER DE LEON SAYAGO, presidente del la SOCIEDAD MERCANTIL TRAMAR C.A., domiciliada en San Cristóbal, estado Táchira, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Táchira bajo el N° 26, del tomo 16-A de fecha 2 de agosto de 2005, asistido en este acto por la abogada en ejercicio MARÍA DEL CARMEN BUSTAMANTE PORRAS, venezolana, de este domicilio, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.160.959, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.381, y por la parte demandada el abogado en ejercicio CARLOS ERNESTO BARRERA GUADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.349, en su carácter de apoderado judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE, SUMINISTRO Y SERVICIOS RORAIMA (TRASUSER), C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas en fecha 31 de agosto de 2009, Tomo 18-A REGMAR2, bajo el N° 19 del año 2009, Expediente N° 412-1199, domiciliada en la Carrera 2 de Barrancas, Parte Baja, N° 7-60, Municipio Cárdenas, del estado Táchira; observando esta operadora de justicia que dicho acto no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Cúmplase con lo ordenado. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal.

ABG. ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL


ABG. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 4673, siendo las tres y veinte minutos de la tarde (3:20 p.m), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


ABG. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO
Expediente N° 13.819-14
G/H.