JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diez (10) de noviembre de dos mil catorce.
AÑOS: 204° y 155°

Visto el contenido de la diligencia del día de hoy, mediante la cual la parte demandada ciudadana GLADYS MEZA MORALES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V- 28.077.285, en su carácter de DIRECTORA ADMINISTRATIVA de la ASOCIACIÓN CIVIL UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO “SANTÍSIMA TRINIDAD”, A.C., inscrita en la Oficina de Registro Inmobiliario Segundo Circuito del Municipio de San Cristóbal del Estado Táchira, en fecha 24 de Mayo de 2006, bajo el N° 24, Tomo 041, folios 1 al 5, protocolo 1°, asistida por el abogado en ejercicio MAXIMO RIOS FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.115.333 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.807, y por la parte demandante los abogados en ejercicio JOSÉ MANUEL RESTREPO CUBILLOS y VICTOR MANUEL BAUTISTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.499.781 y V- 3.791.819, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 21.219, y N° 38.645, en su orden, apoderados judiciales de la ASOCIACIÓN CIVIL BUEN PASTOR (antes Sociedad para la Educación y Rehabilitación de la mujer), constituida según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Otrora Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 14 de marzo del año 1939, inserto bajo el N° 82, folio 117, protocolo primero, tomo 5, celebran un acto de composición voluntaria; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.

ABG. ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL

ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO


En la misma fecha se dictó la anterior decisión a las dos de la tarde (2:00 p.m.) quedando registrada bajo el N° 4669; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.




ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO






Expediente N° 13.716-13..
Gerardo.