REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 204° y 155°
ASUNTO Nº SP01-L-2014-000515
PARTE DEMANDANTE: BENJAMIN GOMEZ HERRERA, identificado con la cédula Nro. V-5.028.921
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JEAN CARLOS SAYAGO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.111.036
PARTE DEMANDADA: FLORYANA DESARROLLO TURISTICO C.A. inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nro.114657 de fecha 9.2.2006, representada por Guillermo Boavita.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS HUMBERTO PEREZ ROA Y NEIMY YADIRA SANDOVAL ALI, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros.25.760 y 231.048
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
En el día de hoy, veintiocho (28) de noviembre de 2014, a las 9:30 de la mañana, oportunidad en que ambas partes solicitaron se adelante la Audiencia Preliminar, se hizo presente la parte actora, ciudadano BENJAMIN GOMEZ HERRERA, identificado con la cédula Nro. V-5.028.921, asistido por el abogado JEAN CARLOS SAYAGO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.111.036 y por la parte demandada la apoderada judicial, abogada NEIMY YADIRA SANDOVAL ALI, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 231.048 , quienes a los fines de hacer uso de los medios alterno de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada expone que la prestación de servicio desarrollada por el demandante como metalúrgico no fue de naturaleza laboral, por cuanto el objeto de la empresa demandada no es la construcción, pero que a los fines de dar por terminada la presente causa ofrece la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (BS.10.000,oo) pagaderos en este acto mediante cheque Nro.17503438 de la cuenta corriente Nro.01340137041731023618, contra el Banco Banesco. Por su lado la parte actora en forma libre y voluntaria reconoce lo expuesto por la parte demandada, acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Parte Demandante, La Parte Demandada,
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