Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
204° y 155°

ASUNTO: SP01-L-2014-000478
PARTE ACTORA: el ciudadano JESÚS LEONIDAS FLORES UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.687.868
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ANTHONY JESUS RINCÓN HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-19.597.079, con Inpreabogado Nro.78.378
PARTE DEMANDADA: CELADORES MARA C.A “CELMACA”, representada por los ciudadanos LEONARDO ALBERTO SOTO y JORDY GERARDO RAMIREZ MENDOZA venezolanos, mayores de edad, titular de la cédulas de identidad números V- 4.068.239 y V-10.397.597 respectivamente
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES

En el día hábil de hoy, Veinticuatro (24) de noviembre de 2014, siendo las 9 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que ni la parte actora el ciudadano JESÚS LEONIDAS FLORES UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.687.868, ni la parte demandada la empresa CELADORES MARA C.A “CELMACA”, comparecieron a la realización de dicha audiencia, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por el ciudadano JESÚS LEONIDAS FLORES UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.687.868, contra la empresa CELADORES MARA C.A “CELMACA”, representada por los ciudadanos LEONARDO ALBERTO SOTO y JORDY GERARDO RAMIREZ MENDOZA venezolanos, mayores de edad, titular de la cédulas de identidad números V- 4.068.239 y v-10.397.597 respectivamente, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ

ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO
LA SECRETARIA