TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, Dieciséis (16) de Mayo del año Dos Mil Catorce (2014).

204° y 155°

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO, realizado en esta misma fecha, entre los ciudadanos: MARBELY ESTÉVES ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.816.174, domiciliada en el Barrio El Cementerio, Calle 12, Nº 13-03, Municipio Libertad, Estado Táchira, teléfono 0416-9729012 y ERIC POVEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.113.358, con domicilio en el Sector Cumbres de Capacho, Parte Baja al final de la regresiva, Municipio Libertad, Estado Táchira, por REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (AUMENTO), a favor de la niña …; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal XIII del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrese boleta.

LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. IRALÍ JOCELYN URRIBARRÍ DÍAZ

LA SECRETARIA,


ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 11:00 a.m., quedó registrada bajo el Nº 93 se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación al Fiscal.

Abg. Maurima Molina Colmenares / Secretaria
Exp. Nº 2162/2011
IJUD/sr
Va sin enmienda.