REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
Sentencia Nro. 2.015 – 14 – 1.948
CAPÍTULO I
DE LAS PARTES
DEMANDANTE: Carmen Emilce Alviarez Rincón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.785.082, actuando con el carácter madre de: E.N.D.A..
DIRECCIÓN: calle 7, entre carreras 11 y 12, Segunda Etapa, parte Alta, San Lorenzo, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
DEMANDADO: Eduardo Antonio Dulcey Medina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.156.075, con el carácter de padre de: E.N.D.A..
DIRECCIÓN: El Piñal, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, trabaja en el CDI – El Piñal, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención
Causa Número: 2.015 – 14
Fecha de Entrada: 06 de mayo de 2014
CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS
En fecha 06 de mayo de 2014, se le dio entrada al acuerda de fijación de obligación de Manutención, establecido en fecha 24 de febrero de 2014, por ante la Defensoría Educativa Con amor para ayudarte, con sede en San Lorenzo, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, entre los ciudadanos: CARMEN EMILCE ALVIAREZ RINCÓN y EDUARDO ANTONIO DULCEY MEDINA, parte demandante y demandado, respectivamente, para: E.N.D.A.. Entre otros se acordó:
Que el obligado cancelará la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400.00) mensuales, para la manutención de su hija, que depositará en una cuenta de ahorros que aperture el Tribunal. Cubrirá la totalidad de los gastos médicos y medicinas. Para los meses de agosto y diciembre ofrece una cuota extraordinaria de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400.00) adicionales. Ofrece entregar la totalidad de los bonos de prima por hijos, navidad, útiles y uniformes escolares.
CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 24 de febrero de 2014, comparecieron ante Defensoría Educativa Con amor para ayudarte, con sede en San Lorenzo, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, los ciudadanos: CARMEN EMILCE ALVIAREZ RINCÓN y EDUARDO ANTONIO DULCEY MEDINA, con el carácter de demandante y demandado, respectivamente, quienes convinieron, por ante la referida Defensoría Educativa, en la fijación del monto de la obligación de manutención, para: E.N.D.A., asimismo la forma y la oportunidad del pago de la misma, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 24 de febrero de 2014, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda librar oficio a la Directora Administrativa del Banco Bicentenario, Agencia Abejales, solicitando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la demandante, ciudadana: CARMEN EMILCE ALVIAREZ RINCÓN, cuyos beneficiarios son: E.N.D.A., quedando facultada la titular para que movilice la cuenta bancaria sin autorización por escrito de este Tribunal. Se insta a la demandante para que comparezca ante este Tribunal a los fines que retire la orden de apertura de la cuenta respectiva. Una vez conste en autos el número de cuenta bancario se notificará del mismo al obligado, ciudadano: y EDUARDO ANTONIO DULCEY MEDINA, mediante boleta.
Notifíquese a las partes de la continuación del presente procedimiento por ante este Tribunal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los seis días del mes de mayo de dos mil catorce. Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Jueza
Abog. Rosalba Ruiz Jaimes
Secretaria Temporal
Abog. Janneth del Carmen Velasco Caicedo
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