REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, martes 13 de Mayo de 2014
204º y 155º


EXPEDIENTE Nº SPO1-L-2014-145

PARTE ACTORA: YOFFER ORLANDO MENDOZA MEDINA y CARLOS ARTURO RAMIREZ ROMERO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-17.369.768 y V-10.155.898.
APODERADO DEL ACTOR: JONATHAN ARAQUE y MARIA ANTONIA ANDREU, inscritos bajo el IPSA Nros: 97.378 y 66.900.
PARTE DEMANDADA: LUIS HORACIO GONZALEZ BARBOZA, titular de las Cédulas de Identidad Nro: V-5.593.124, propietario del Fondo de Comercio CONSTUCTORA LUIS H. GONZALEZ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.


En el día hábil de hoy, martes 13 de Mayo de 2014, habiéndose celebrado la Audiencia Preliminar el pasado martes 06 de mayo, siendo las 11:00 a.m., acogiéndose este Tribunal a lo preceptuado en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con respecto a la publicación de la sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la celebración de la Audiencia Preliminar y declarada como fue en la misma fecha, por este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, la Admisión de los Hechos ajustada al derecho y estando dentro de dicho lapso, pasa en este acto a declarar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por los ciudadanos: YOFFER ORLANDO MENDOZA MEDINA y CARLOS ARTURO RAMIREZ ROMERO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-17.369.768 y V-10.155.898, contra el ciudadano LUÍS HORACIO GONZÁLEZ BARBOZA, titular de las Cédula de Identidad Nro: V-5.593.124, propietario del Fondo de Comercio CONSTUCTORA LUIS H. GONZALEZ; condenándose a la parte demandada, al pago de lo peticionado.

Es así como la parte demandada esta siendo condenada al pago de los siguientes conceptos y montos:

1) YOFFER ORLANDO MENDOZA MEDINA

Fecha de Ingreso: 12-07-2012
Fecha de Egreso: 15-12-2012
Duración de la relación laboral: 05 meses y 03 días

Le corresponden los determinados conceptos, discriminados de la siguiente manera:


PRIMERO: Queda establecido que el tiempo de servicio prestado es de 05 meses y 03 días, y que para el cálculo de los derechos a condenar su pago se toma el salario devengado por el demandante durante la vigencia de la Relación Laboral.

SEGUNDO: Por concepto de ANTIGÜEDAD e INTERESES, le corresponde un total de Bs. 11.156,49

TERCERO: -Por concepto total de VACACIONES FRACCIONADAS le corresponde 33,3 días a razón de Bs. 200,00 diarios, lo que equivale a Bs. 6.660,00

CUARTO: Por concepto de UTILIDADES: le corresponde 41,65 días a razón de Bs. 200,00 diarios, lo que equivale a Bs. 8.330,00

QUINTO: -Por concepto de BONO POR ASISTENCIA PUNTUAL Y PERFECTA conforme a la cláusula 37 de Convención Colectiva de Trabajo de la Industria de la Construcción, Similares y Conexos de la República Bolivariana de Venezuela, año 2012: le corresponde 30 días, a razón de Bs.200,00 diarios, lo que equivale a Bs. 6.000,00

SEXTO:-Por concepto de SALARIOS CAIDOS: le corresponde hasta la fecha del mes de marzo de 2014, 456 días a razón de Bs. 200,00 diarios, lo que equivale a Bs. 91.200,00

SÉPTIMO: -Por concepto de ALIMENTACIÓN: le corresponde 118 días a razón de Bs. 48,15 diarios, lo que equivale a Bs. 5.681,70

OCTAVO: Por concepto de INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO, según el artículo 92 de la Ley Orgánica del Trabajo de las Trabajadoras y los Trabajadores: le corresponde Bs. 10.800,00



Para un total a pagar por la parte demandada, al ciudadano YOFFER ORLANDO MENDOZA MEDINA, la cantidad de Bs. 139.768,19.





2-CARLOS ARTURO RAMIREZ ROMERO


Fecha de Ingreso: 12-07-2012
Fecha de Egreso: 15-12-2012
Duración de la relación laboral: 05 meses y 03 días

Le corresponden los determinados conceptos, discriminados de la siguiente manera:


PRIMERO: Queda establecido que el tiempo de servicio prestado es de 05 meses y 03 días, y que para el cálculo de los derechos a condenar su pago se toma el salario devengado por el demandante durante la vigencia de la Relación Laboral.

SEGUNDO: Por concepto de ANTIGÜEDAD e INTERESES, le corresponde un total de Bs. 11.156,49

TERCERO: -Por concepto total de VACACIONES FRACCIONADAS le corresponde 33,3 días a razón de Bs. 200,00 diarios, lo que equivale a Bs. 6.660,00

CUARTO: Por concepto de UTILIDADES: le corresponde 41,65 días a razón de Bs. 200,00 diarios, lo que equivale a Bs. 8.330,00

QUINTO: -Por concepto de BONO POR ASISTENCIA PUNTUAL Y PERFECTA conforme a la cláusula 37 de Convención Colectiva de Trabajo de la Industria de la Construcción, Similares y Conexos de la República Bolivariana de Venezuela, año 2012: le corresponde 30 días, a razón de Bs.200,00 diarios, lo que equivale a Bs. 6.000,00

SEXTO:-Por concepto de SALARIOS CAIDOS: le corresponde hasta la fecha del mes de marzo de 2014, 456 días a razón de Bs. 200,00 diarios, lo que equivale a Bs. 91.200,00

SÉPTIMO : -Por concepto de ALIMENTACIÓN: le corresponde 118 días a razón de Bs. 48,15 diarios, lo que equivale a Bs. 5.681,70

OCTAVO: Por concepto de INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO, según el artículo 92 de la Ley Orgánica del Trabajo de las Trabajadoras y los Trabajadores: le corresponde Bs. 10.800,00



Para un total a pagar por la parte demandada, al ciudadano CARLOS ARTURO RAMIREZ ROMERO, la cantidad de Bs. 139.768,19.




- .Se condena a el demandado LUIS HORACIO GONZALEZ BARBOZA, titular de las Cédulas de Identidad Nro: V-5.593.124, propietario del Fondo de Comercio CONSTUCTORA LUIS H. GONZALEZ, a pagar la suma total de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS BOLÍVARES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS (Bs 279.536,38); más los intereses del Artículo 142 de LOTTT, y de conformidad con lo establecido en la Sentencia 11/11/2008, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia del Magistrado Luis Francheschi, se ordena:

a) Los intereses de mora y la indexación sobre la prestación por antigüedad serán calculados por un único experto desde la fecha de terminación de la relación de trabajo, hasta la fecha de la materialización del presente fallo.

b) La indexación sobre los demás conceptos condenados, es decir, vacaciones y utilidades serán calculados por un único experto desde la fecha de notificación de la demandada hasta que la presente decisión quede definitivamente firme, excluyéndose de dicho cálculo los lapsos sobre los cuales la causa se haya paralizado por acuerdo entre las partes, por hechos fortuitos y de fuerza mayor y por vacaciones judiciales.

-.Se condena en costas a la parte demandada, ciudadano LUIS HORACIO GONZALEZ BARBOZA, titular de las Cédulas de Identidad Nro: V-5.593.124, propietario del Fondo de Comercio CONSTUCTORA LUIS H. GONZALEZ.

PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. En San Cristóbal a los 13 días de mayo de 2014. Años 204° y 154°


LA JUEZ,


Dra. Yalena Mora


La Secretaria,

Abog. Deivis Estarita






EXP: SP01-L-2014-145.