REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Fría, viernes veintiuno (21) de marzo de 2014.

203° y 155°

Visto el escrito presentado en fecha 12 de Diciembre de 2013, por el abogado JORGE ALBERTO OMAÑA PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 166.163, actuando como apoderado judicial del ciudadano GUSTAVO BUENO ARIAS, mediante la cual solicita se proceda por la norma de confección ficta, en consecuencia quien aquí juzga y conforme ha sido la dinámica procesal en el presente juicio, declara la confesión ficta y en tal virtud este Juzgado declara legalmente reconocido el documento plenamente identificado en autos que riela al folio cuatro (04), según lo establecido en el Artículo 444 y 631 del Código de Procedimiento Civil.-

El Juez Provisorio,


Abg. Ángel Alberto Otero Eslava


La Secretaria,


Abg. Thais K. González S.



AAOE/TKGS/wh.-