REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. La Grita, Veintisiete (24) de Marzo de 2014.-
203º y 154º
Visto el Convenimiento celebrado por las partes en la presente causa según actas de fecha 13 de Marzo de 2014, por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el cual riela en los folios 18 y 19 del Cuaderno Separado de Medidas. En consecuencia este tribunal acuerda: PRIMERO: Homologar el presente Acuerdo como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Anótese en el libro respectivo la presente decisión y déjese copia de la misma para el archivo del tribunal. TERCERO: No se archive el presente expediente hasta tanto conste en autos dicho pago. Cúmplase.-
EL JUEZ,

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ABG. GEORGE LASTRA POZO.-
LA SECRETARIA

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Abog. GLENIS ROSALES DE ROCHE

En la misma fecha se hizo lo acordado.


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SECRETARIA
EXP. N° 2204-2014
EEOJ/navor.-