REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SANTA ANA, (26) DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE.-

204° y 155°

Presentado el escrito insertos a los folios (1 y 2), junto anexos de solicitud incoada por el ciudadano MIGUEL ANGEL MENDEZ VILLAMIZAR, venezolano, titular de las cédula de identidad Nº V-4.208.473, domiciliado en el Sector el diamante dos, calle pasaje 7, casa Nº 4-41, Santa Ana Municipio Córdoba de éste Estado, asistido por el profesional del derecho HOOVER ENRIQUE CEPEDA RUIZ, inscrito en el IPSA., Nº 185.007, quien expuso: Que en fecha 17 de enero 2013 falleció en el Centro Medico de Diagnostico Integral Santa Ana Municipio Córdoba estado Táchira, el ciudadano Saúl Humberto Méndez Villamizar, como se verifica en copia de cedula fotostática (f-3) quien era venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.623.116, según acta de defunción N° 005, (f-4) emitida por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Córdoba Estado Táchira, de fecha 18 de enero del año 2013, y constancia de residencia (f-6) del prenombrado occiso, y en vida fuere mi hermano y de JUAN JOSÉ MENDEZ VILLAMIZAR, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.792.794, que son los Únicos y Universal Herederos del Ab Intestato. Asimismo corre inserto al folio (7) Acta de Defunción N° 113 de fecha 11 de Diciembre de 2013, expedida por el Concejo Nacional Electoral, Oficina Nacional de Registro Civil del Poder Electoral, Municipio Córdoba, Estado Táchira, perteneciente al de cujus ROSA MARIA DIAZ DE MENDEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.623.291, quien fuera en vida madre del ya prenombrado occiso, y madre de los ciudadanos MIGUEL ANGEL MENDEZ VILLAMIZAR y JUAN JOSE MENDEZ VILLAMIZAR, así como declaración definitiva de Impuesto sobre Sucesiones, folio (8-11) consignado igualmente al folio (12) Partida de Nacimiento N° 365 de fecha 30 de Septiembre de 1943, perteneciente a MIGUEL ANGEL MENDEZ VILLAMIZAR, expedida por el Prefecto del Municipio San Sebastian, Estado Táchira, perteneciente a la Prefectura la Concordia, folio (12), así como fotocopia fotostática de cedula de identidad y Partida de Nacimiento perteneciente a JUAN JOSE MENDEZ VILLAMIZAR, que corre inserto al folio (14). Acta de Defunción N° 117 de fecha 15 de diciembre de 1.966, expedida por el Registro Civil del Municipio San Sebastian del Estado Táchira, perteneciente al De Cujus Saúl Méndez Angarita, ut supra identificados quien era padre de SAUL (occiso), JUAN JOSÉ Y MIGUEL ANGEL.

Ahora bien, en fecha 20 de Junio de 2014, se dio entrada a la presente solicitud, se instó a la presentación de los testigos para su declaración. (f-17); y en Concordancia con las declaraciones que rielan en los folio 18 al 27 de los ciudadanos: Elda Pérez Guerrero, Carmen Cecilia Piña; Elizabeth Carolina Pérez Piña; Suescun Judithmar; y José del Carmen Caballero, venezolanos, titulares de la cedula de identidad Nºros V-9.032.076, V-9.247.525, V-15.502.558, V-14.041.518 y E-84.421.250, en su orden. este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, les declara suficientes para asegurarle a los ciudadanos MIGUEL ANGEL MENDEZ VILLAMIZAR, Y JUAN JOSE MENDEZ VILLAMIZAR venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-4.208.473 Y V-3.792.794, respectivamente, domiciliados Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira y hábiles, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su carácter de hermanos de SAUL HUMBERTO MENDEZ VILLAMIZAR, quien falleció ab-Intestato el día diecisiete (17) de enero 2013, en el Centro Medico Diagnostico Integral de Santa Ana del Municipio Córdoba, Estado Táchira, según consta de acta de defunción ut supra descrita. Conforme al Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-


Abg. AIDALIA IGLESIAS DELGADO
La Juez
Abg. JESUS LANDINEZ
EL SECRETARIO

En la misma fecha se entregaron los originales a la parte solicitante y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Abg. Jesús A. Landinez
Secretario

AID/MS
Exp: 2439