REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES.

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diez (10) de Junio de 2014.


204º y 155º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por el ciudadano LUIS FERNANDO HERRERA MOJICA, titular de la cedula de identidad N° V-14.492.742, asistido por el abogado OSMAN J. PÉREZ NIÑO, inscrito en el IPSA bajo el N° 83.012, constante de veintiún (21) folios útiles, este Tribunal procedió a escuchar la declaración testifical de los ciudadanos JESUS MANUEL CHACON PEREZ y FADDY COROMOTO SIMOES CONTRERAS, identificados en autos. Quienes son contestes en señalar que ciertamente dicho ciudadano falleció en esa fecha y que sus únicos y universales herederos son los ciudadanos NELDA INES MOJI9CA DE HERRERA, LUIS FERNANDO HERRERA MOJICA Y ANDRES MAURICIO HERRERA MOJICA, en su condición de esposa e hijos del de cujus FERNANDO HERRERA RUGELES.
Asimismo, se verificó la siguiente documentación: a) Acta de defunción N° 178-P, de fecha 10 de abril de 2014, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en la cual consta que dejó esposa y dos hijos. b) Acta de Matrimonio No. 212, de fecha 15 de septiembre de 1979, expedida por el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira, perteneciente a los ciudadanos FERNANDO HERRERA RUGELES Y NELDA INES MOJICA MORALES; c) Partida de Nacimiento No. 494, de fecha 23 de febrero de 1984, perteneciente a LUIS FERNANDO, expedida por el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua; d) Partida de Nacimiento No. 3166, de fecha 30 de diciembre de 1985, perteneciente a ANDRES MAURICIO, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle a los ciudadanos NELDA INES MOJI9CA DE HERRERA, casada, LUIS FERNANDO HERRERA MOJICA, soltero Y ANDRES MAURICIO HERRERA MOJICA, soltero, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-8.994.581, V-14.492.742 y V-15.957.678, respectivamente, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus FERNANDO HERRERA RUGELES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.988.574, fallecido el día 10 de abril de 2014, según acta de defunción N° 178-P, de la misma fecha, quien en vida fuera esposo de la primera y padre de los dos últimos antes identificados.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo LOS DERECHOS DE TERCEROS.

Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el ar5chivo del tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. MIRIAN CAROLINA MARTINEZ QUINTERO
En la misma fecha se deja copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. MIRIAN CAROLINA MARTINEZ QUINTERO

RMCQ/wc.-
Sol. 043-14