JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diez (10) de junio de dos mil catorce.-

AÑOS: 204° y 155°

Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UN (01) folio útil y OCHO (08) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por los ciudadanos YANETT YSMARA GOMEZ SANCHEZ y GUSTAVO MERCHAN SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.130.030 y V-5.325.225 en su orden, quienes actuando asistidos por la Abogado en ejercicio MAREILIS PALMA MORENO, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 136.858; en el cual expone: que el día 23 de abril de 2.014, falleció la ciudadana JINETH SCHADDAI MERCHAN GOMEZ, quien en vida fuese venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.450.466, quien estuvo domiciliado en el Sector Pueblo Nuevo, Casa N° 06-41, SAN Cristóbal del estado Táchira y quien tuvo su deceso en el Hospital de Patología Forense- Valencia, a causa de “…EDEMA Y HEMORRAGIA CEREBRAL …”, según Certificado de Defunción N° 2484574, de fecha 23/04/2014, suscrito por la Doctora SUAMY PARTIDAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.135.381; tal y como se desprende de Acta de Defunción N° 247, levantada el 23 de abril de 2.014, por ante el Registro Civil de la Parroquia San Carlos de Austria, Municipio Exequiel Zamora del estado Cojedes, habiendo presentado la solicitante los siguientes anexos:
Copia certificada de Acta de Defunción N° 247 del año 2014, perteneciente a “JINETH SCHADDAI MERCHAN GOMEZ”, expedida el mes de junio de 2014, por el Registro Civil de la Parroquia San Carlos de Austria, Municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 73 del año 1.993, perteneciente a “JINETH SCHADDAI”, expedida el 13 de mayo de 2014, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nos. V-5.325.225, V-9.130.030, pertenecientes a los ciudadanos GUSTAVO MERCHAN SANCHEZ y YANETT YSMARA GOMEZ SANCHEZ, en su orden.-
Justificativo de Testigos, evacuado el 27 de mayo de 2.014, por ante la Notaría Pública de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: YOLMAN GILBERTO PEREZ RANGEL y YASMIN DAYANA MACHADO DE PEREZ, venezolanas, mayores de edad, con cédula de identidad No. V-9.130.030 y V-13.917.237 en su orden; quienes fueron contestes al declarar que les consta que la causante JINETH SCHADDAI MERCHAN GOMEZ dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a sus Progenitores que a continuación se especifican.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: GUSTAVO MERCHAN SANCHEZ y YANETT YSMARA GOMEZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, V-5.325.225, V-9.130.030; en su condición de Progenitores de la causante JINETH SCHADDAI MERCHAN GOMEZ, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.





Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal


Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 4500, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario