REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES.
203° y 155°

En fecha 25/03/2014, este Tribunal dio entrada al presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por ante el SENIAT; constante de ciento dos (102) folios útiles, interpuesto por la abogada ROSA ESPERANZA YONEKURA ARGUELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.989.633, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 111.908, actuando como Apoderado de la contribuyente “ROGER DUMON TRADING CO, C.A.” según poder autenticado por ante la Notaria Pública de San Antonio del Táchira.
En fecha 27/03/2014, se tramitó el presente expediente, ordenando las notificaciones mediante oficios, todas debidamente cumplidas.
Así mismo se observa que el acto recurrido N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2013/0659, de fecha 28/10/2013, no consta en autos la fecha de su notificación, tal cual como se evidencia en el Petitorio del libelo de la demanda; para admitir se toma en cuenta la fecha de la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2013/0661, de fecha 29/10/2013, que esta inserta al expediente 2977, el cual se acumulo a esta causa.
Siendo la oportunidad para decidir el Recurso Contencioso Tributario, esta juzgadora observa que el mismo no se encuentra incurso en las causales de inadmisibilidad que establece el Artículo 266 del Código Orgánico Tributario puesto que: se encuentra en el lapso establecido de 25 días de despacho tal como se determina a continuación: Fecha de notificación de la Resolución: 10/02/2014 (F-456, del expediente administrativo “2977”); Fecha de Interposición del Recurso: 24/03/2014 (F-20).
Por lo tanto, viendo que no existe prohibición legal de admitir el recurso; su conocimiento no compete a otro tribunal; no se han acumulado recursos que se Contiene conceptos ofensivos o irrespetuosos, debe necesariamente admitirse el recurso tal como lo indica expresamente la dispositiva de la presente decisión, y así se decide.

II

ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, interpuesto por la abogada ROSA ESPERANZA YONEKURA ARGUELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.989.633, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 111.908, actuando como Apoderado de la contribuyente “ROGER DUMON TRADING CO, C.A.” según poder autenticado por ante la Notaria Pública de San Antonio del Táchira; en contra de la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2013/0659, de fecha 28/10/2013, emitida por la Gerencia de Control Aduanero; y en virtud de que no hubo oposición se abre a pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 268 del Código Orgánico Tributario. Cúmplase. Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los trece (13) días del mes de Junio del año dos mil (2014). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Año 203 de la Independencia y 155º de la Federación.


ANA BEATRIZ CALDERÓN SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR

WUENDY ZULEIMA MONCADA
LA SECRETARIA

Se ordena NOTIFÍCAR al Procurador (a) General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República con oficio N° 0610-14.

La Sria.


Exp. N° 2978.-
ABCS/Raúl.-